III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES. Registro Civil. Gestión informatizada. (BOE-A-2024-9802)
Resolución de 30 de abril de 2024, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, por la que se acuerda la entrada en servicio efectiva de la aplicación informática Dicireg en las Oficinas del Registro Civil del Partido Judicial de Dénia, para el funcionamiento de las mismas conforme a las previsiones contenidas en la Ley 20/2011, de 21 de julio, del Registro Civil.
<< 2 << Página 2
Página 3 Pág. 3
-
3 páginas totales
Página
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 118

Miércoles 15 de mayo de 2024

Sec. III. Pág. 55453

aplicación informática DICIREG, conforme a las previsiones contenidas en la
Ley 20/2011, de 21 de julio, modificada por la Instrucción de 3 de junio de 2022, de la
Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública y las demás Instrucciones,
Circulares y Resoluciones que han sido dictadas hasta el momento, en relación con la
aplicación de la Ley 20/2011.
Tercero.
El personal que, en la fecha indicada de entrada en servicio efectiva de DICIREG,
esté prestando servicios en el Registro Civil de Dénia y en las secretarías o unidades
procesales de apoyo directo de los Registros Civiles Municipales Delegados de Alcalalí,
Beniarbeig, Benidoleig, Benigembla, Benimeli, Benissa, Benitachell/El Poble Nou de
Benitatxell, Calp, Castell de Castells, El Ràfol d´Almúnia, El Verger, Els Poblets, Gata de
Gorgos, Jávea/Xàbia, La Vall d´Alcalà, La Vall de Gallinera, La Vall de Laguar, La Vall
d´Ebo, L´Atzúbia, Llíber, Murla, Ondara, Orba, Parcent, Pedreguer, Pego, Sagra, Sanet y
Negrals, Senija, Teulada, Tormos y Xaló, continuará desarrollando sus funciones en las
oficinas del Registro Civil, según lo establecido en la disposición transitoria octava de la
Ley 20/2011, de 21 de julio y en esta resolución, aplicando las normas reseñadas en el
artículo segundo.
Cuarto.
La Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública regulará, en uso de las
atribuciones comprendidas en el artículo 26 de la Ley 20/2011, de 21 de julio, los
protocolos e instrucciones que resulten oportunos para el mejor desempeño del servicio.
Quinto.
La presente resolución entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el
«Boletín Oficial del Estado».

cve: BOE-A-2024-9802
Verificable en https://www.boe.es

Madrid, 30 de abril de 2024.–La Directora General de Seguridad Jurídica y Fe
Pública, María Ester Pérez Jerez.

https://www.boe.es

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X