III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES. Recursos. (BOE-A-2024-9799)
Resolución de 29 de abril de 2024, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, por la que se publica, conforme a lo dispuesto en el artículo 327 de la Ley Hipotecaria, la sentencia de la Audiencia Provincial de Murcia, Sección Primera, de 8 de noviembre de 2021, que ha devenido firme.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 118

Miércoles 15 de mayo de 2024

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III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA
Y RELACIONES CON LAS CORTES
9799

Resolución de 29 de abril de 2024, de la Dirección General de Seguridad
Jurídica y Fe Pública, por la que se publica, conforme a lo dispuesto en el
artículo 327 de la Ley Hipotecaria, la sentencia de la Audiencia Provincial de
Murcia, Sección Primera, de 8 de noviembre de 2021, que ha devenido firme.

Conforme a lo establecido en el artículo 327 de la Ley Hipotecaria, esta Dirección
General ha acordado publicar en el «Boletín Oficial del Estado» el fallo de la sentencia
de la Audiencia Provincial de Murcia, Sección Primera, de fecha 8 de noviembre
de 2021, que ha devenido firme.
En el recurso de apelación número 226/2021, seguido ante la Audiencia Provincial de
Murcia, Sección Primera, interpuesto por la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe
Pública, representada por el abogado del Estado, contra la sentencia, de fecha 22 de
octubre de 2020, dictada en los autos de juicio verbal número 1151/2019, seguidos ante
el Juzgado de Primera Instancia número 13 de Murcia, que estimó la demanda
presentada por don S. D. G. H., procurador de los tribunales, en nombre y
representación de la mercantil «Banco Caixa Geral, SA», frente a la Resolución de la
Dirección General de los Registros y del Notariado de fecha 28 de marzo de 2019 (1.ª),
por la que se desestimaba el recurso interpuesto por don P. P. F., abogado, en nombre y
representación de la citada entidad demandante, contra la negativa del registrador de la
Propiedad de San Javier número 2, don José Luis Alfonso Salar, a inscribir un decreto de
adjudicación y el correspondiente mandamiento de cancelación dictados en un
procedimiento de ejecución directa sobre bienes hipotecados,
FALLAMOS
«Que desestimando el recurso de apelación interpuesto en representación de la
Dirección General de los Registros y del Notariado contra la sentencia dictada en fecha
veintidós de octubre de dos mil veinte por el Juzgado de Primera Instancia n.º 1 13 [sic]
de Murcia en autos de juicio verbal n.º 1151/2019, debemos confirmar y confirmamos la
misma, sin verificar especial pronunciamiento en cuanto a las costas de esta alzada.»
Así por esta nuestra sentencia, la pronunciamos, mandamos y firmamos. Don Miguel
Ángel Larrosa Amante, presidente, doña María Pilar Alonso Saura y don Cayetano
Blasco Ramón, magistrados de la Audiencia Provincial de Murcia.

cve: BOE-A-2024-9799
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Madrid, 29 de abril de 2024.–La Directora General de Seguridad Jurídica y Fe
Pública, María Ester Pérez Jerez.

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D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X