III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2024-9817)
Resolución de 29 de abril de 2024, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se desestima la solicitud de Energía Inagotable de Levana, SL, de autorización administrativa previa del parque eólico Levana, de 38,5 MW de potencia instalada, y de su infraestructura de evacuación, en la provincia de Teruel.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 118

Miércoles 15 de mayo de 2024

Sec. III. Pág. 55499

Layo, Favonio, Mantus, Mefitis, Meliteo, Mesor, Lucina, Moneta, Meges, Mellona,
Minerva, Menelao, Matuta y Fascinio, y sus infraestructuras de evacuación, en la
provincia de Teruel.
En consecuencia, el procedimiento de autorización administrativa del proyecto de
parque eólico Escila, de 49,5 MW, y sus infraestructuras de evacuación, en la provincia
de Teruel, pasa a realizarse bajo el expediente con código: PEol-768.
Octavo.

Infraestructura de evacuación hasta la red de transporte.

Conforme referido con anterioridad, parte de la infraestructura evacuación empleada
por el proyecto hasta su conexión a la red de transporte en la subestación Eliana 400 kV,
propiedad de Red Eléctrica de España, S.L.U., consistente en la subestación eléctrica
«SET Ojos Negros 30/400 kV», la línea aérea de alta tensión de 400 kV «LAAT 400 kV
SET Ojos Negros – SET Almohaja», la subestación eléctrica «SET Almohaja 30/400 kV»,
la línea aérea de alta tensión de 400 kV «LAAT 400 kV SET Almohaja – SET Albarracín»,
la subestación eléctrica «SET Albarracín 30/400 kV» y la línea aérea de alta tensión
de 400 kV «SET Albarracín – Vértice Sacañet –SET Promotores La Eliana», la
subestación eléctrica «SET Promotores La Eliana 30/400 kV» y la línea aérea de alta
tensión de 400 kV «SET Promotores La Eliana – Vértice Alcublas – SET La Eliana
(REE)», en las provincias de Teruel, Castellón y Valencia, ha sido tramitada por parte
Energía Inagotable de Larentina, SL, en el expediente SGEE/PFot-807.
Con fecha 26 de abril de 2024, esta Dirección General de Política Energética y Minas
dicta resolución por la que se desestima la solicitud de Energía Inagotable de Larentina,
SL, de autorización administrativa previa del parque solar fotovoltaico Larentina,
de 39,99 MW de potencia instalada, y de su infraestructura de evacuación, en las
provincias de Teruel, Castellón y Valencia, acordando el archivo del expediente
PFot-807.
Noveno. Trámite de audiencia.
Con fecha 11 de abril de 2024 se notifica al promotor el trámite de audiencia sobre la
propuesta de resolución por la que se desestima la solicitud de autorización
administrativa previa del proyecto, en el expediente SGEE/PFot-805.
Con fecha 25 de abril de 2024, el promotor formula las alegaciones y solicita «se
permita […] la sustitución de la garantía de acceso y conexión por una garantía
destinada a la hibridación a los efectos del artículo 27 del RD 1183/2020» y,
subsidiariamente, «la no ejecución de la garantía de acceso y conexión depositada por
haberse emitido resolución que impide la construcción del proyecto».
A este respecto, el pronunciamiento sobre las garantías de acceso y conexión
depositadas no es objeto de la presente resolución.
Analizada la documentación recibida y las alegaciones formuladas, esta Dirección
General de Política Energética y Minas dicta la presente resolución, en base a los
siguientes:
II. Fundamentos jurídicos
Normativa aplicable.

Tomando en consideración lo establecido en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, en
el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, en la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, en
la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, y en el Real Decreto 1183/2020, de 29 de diciembre, de
acceso y conexión a las redes de transporte y distribución de energía eléctrica.

cve: BOE-A-2024-9817
Verificable en https://www.boe.es

Primero.