III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2024-9816)
Resolución de 29 de abril de 2024, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se desestima la solicitud de Energía Inagotable de Ladón, SL, de autorización administrativa previa de la instalación fotovoltaica Ladón, de 39,99 MW de potencia instalada, y de su infraestructura de evacuación, en la provincia de Teruel.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 118
Miércoles 15 de mayo de 2024
Sec. III. Pág. 55491
Conforme a lo dispuesto en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, y en la
Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, la solicitud de autorización
administrativa previa, acompañada del proyecto y estudio de impacto ambiental se
sometió a información pública, con la debida publicación en el «Boletín Oficial del
Estado» y Boletín Oficial de las provincias afectadas, habiéndose solicitado igualmente
los correspondientes informes a las distintas administraciones, organismos y empresas
de servicio público o de servicios de interés general en la parte que la instalación pueda
afectar a bienes y derechos a su cargo, así como a los organismos que deben presentar
informe conforme a la Ley 21/2013, de 9 de diciembre.
Con fecha 11 de abril de 2023, se recibe el informe y el expediente de tramitación del
Área de Industria y Energía de la Delegación del Gobierno en la Comunidad Valenciana,
emitiendo informes complementarios posteriormente.
Con fecha 25 de abril de 2023, se recibe el informe y el expediente de tramitación de
la Dependencia del Área de Industria y Energía de la Subdelegación del Gobierno en
Castellón.
Con fecha 5 de junio de 2023, se recibe el informe y el expediente de tramitación de
la Dependencia del Área de Industria y Energía de la Subdelegación del Gobierno en
Teruel, emitiendo informes complementarios posteriormente.
Cuarto.
Procedimiento de evaluación de impacto ambiental.
Con fecha 19 de junio de 2023 se remitió a la Subdirección General de Evaluación
Ambiental dicho expediente para inicio del procedimiento de evaluación de impacto
ambiental ordinaria, según lo dispuesto en el artículo 39 de la Ley 21/2013, de 9 de
diciembre, de evaluación ambiental.
Con fecha 24 de julio de 2023, la Subdirección General de Evaluación Ambiental
comunica al promotor audiencia previa a la inadmisión a trámite, al constatar que el
estudio de impacto ambiental del proyecto no reunía condiciones de calidad suficientes
conforme a lo establecido en el artículo 39.4 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre. El
promotor, con fecha 10 de agosto de 2023, da respuesta a la audiencia por inadmisión a
trámite.
Asimismo, con fecha 30 de noviembre de 2023, el promotor remite información
adicional a dicha Subdirección General, en respuesta a los informes del Servicio de
Gestión Territorial y del Servicio de Infraestructuras Verdes y Paisaje de la Dirección
General de Política Territorial y Paisaje de la Generalitat Valenciana, así como a los
informes de la Dirección General de Medio Natural y de Evaluación Ambiental de la
Conselleria de Agricultura, Desarrollo Rural, Emergencia Climática y Transición
Ecológica de la Generalitat Valenciana. Con fecha 1 de diciembre, la Subdirección
General de Evaluación Ambiental da traslado a dichos organismos de la documentación
presentada por el promotor, en virtud del artículo 40.5 de la Ley 21/2013, de 9 de
diciembre, quedando suspendido el plazo para la formulación de la declaración de
impacto ambiental.
Permisos de acceso y conexión.
El proyecto obtuvo, con fecha 6 de mayo de 2021, permisos de acceso y conexión a
la red de transporte en la subestación Eliana 400 kV, propiedad de Red Eléctrica de
España, SAU.
Con fecha de 5 de febrero de 2024 tiene entrada, en el Registro de este Ministerio
para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, escrito de Red Eléctrica de España,
SAU, por el que se declara la caducidad de los permisos de acceso y conexión
otorgados al proyecto en aplicación de lo dispuesto en el artículo 1 del Real Decretoley 23/2020, de 23 de junio, por el que se aprueban medidas en materia de energía y en
otros ámbitos para la reactivación económica.
cve: BOE-A-2024-9816
Verificable en https://www.boe.es
Quinto.
Núm. 118
Miércoles 15 de mayo de 2024
Sec. III. Pág. 55491
Conforme a lo dispuesto en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, y en la
Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, la solicitud de autorización
administrativa previa, acompañada del proyecto y estudio de impacto ambiental se
sometió a información pública, con la debida publicación en el «Boletín Oficial del
Estado» y Boletín Oficial de las provincias afectadas, habiéndose solicitado igualmente
los correspondientes informes a las distintas administraciones, organismos y empresas
de servicio público o de servicios de interés general en la parte que la instalación pueda
afectar a bienes y derechos a su cargo, así como a los organismos que deben presentar
informe conforme a la Ley 21/2013, de 9 de diciembre.
Con fecha 11 de abril de 2023, se recibe el informe y el expediente de tramitación del
Área de Industria y Energía de la Delegación del Gobierno en la Comunidad Valenciana,
emitiendo informes complementarios posteriormente.
Con fecha 25 de abril de 2023, se recibe el informe y el expediente de tramitación de
la Dependencia del Área de Industria y Energía de la Subdelegación del Gobierno en
Castellón.
Con fecha 5 de junio de 2023, se recibe el informe y el expediente de tramitación de
la Dependencia del Área de Industria y Energía de la Subdelegación del Gobierno en
Teruel, emitiendo informes complementarios posteriormente.
Cuarto.
Procedimiento de evaluación de impacto ambiental.
Con fecha 19 de junio de 2023 se remitió a la Subdirección General de Evaluación
Ambiental dicho expediente para inicio del procedimiento de evaluación de impacto
ambiental ordinaria, según lo dispuesto en el artículo 39 de la Ley 21/2013, de 9 de
diciembre, de evaluación ambiental.
Con fecha 24 de julio de 2023, la Subdirección General de Evaluación Ambiental
comunica al promotor audiencia previa a la inadmisión a trámite, al constatar que el
estudio de impacto ambiental del proyecto no reunía condiciones de calidad suficientes
conforme a lo establecido en el artículo 39.4 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre. El
promotor, con fecha 10 de agosto de 2023, da respuesta a la audiencia por inadmisión a
trámite.
Asimismo, con fecha 30 de noviembre de 2023, el promotor remite información
adicional a dicha Subdirección General, en respuesta a los informes del Servicio de
Gestión Territorial y del Servicio de Infraestructuras Verdes y Paisaje de la Dirección
General de Política Territorial y Paisaje de la Generalitat Valenciana, así como a los
informes de la Dirección General de Medio Natural y de Evaluación Ambiental de la
Conselleria de Agricultura, Desarrollo Rural, Emergencia Climática y Transición
Ecológica de la Generalitat Valenciana. Con fecha 1 de diciembre, la Subdirección
General de Evaluación Ambiental da traslado a dichos organismos de la documentación
presentada por el promotor, en virtud del artículo 40.5 de la Ley 21/2013, de 9 de
diciembre, quedando suspendido el plazo para la formulación de la declaración de
impacto ambiental.
Permisos de acceso y conexión.
El proyecto obtuvo, con fecha 6 de mayo de 2021, permisos de acceso y conexión a
la red de transporte en la subestación Eliana 400 kV, propiedad de Red Eléctrica de
España, SAU.
Con fecha de 5 de febrero de 2024 tiene entrada, en el Registro de este Ministerio
para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, escrito de Red Eléctrica de España,
SAU, por el que se declara la caducidad de los permisos de acceso y conexión
otorgados al proyecto en aplicación de lo dispuesto en el artículo 1 del Real Decretoley 23/2020, de 23 de junio, por el que se aprueban medidas en materia de energía y en
otros ámbitos para la reactivación económica.
cve: BOE-A-2024-9816
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Quinto.