III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2024-9820)
Resolución de 1 de mayo de 2024, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se desestima la solicitud de Green Capital Development 116, SLU, de autorización administrativa previa para el parque eólico "A Boibela", de 72 MW de potencia instalada, y sus infraestructuras de evacuación, en O Incio, A Pobra de Brollón, Quiroga y Ribas de Sil (Lugo) y San Xoán de Río y A Pobra de Trives (Ourense).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 118

Miércoles 15 de mayo de 2024

Sec. III. Pág. 55515

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA
Y EL RETO DEMOGRÁFICO
9820

Resolución de 1 de mayo de 2024, de la Dirección General de Política
Energética y Minas, por la que se desestima la solicitud de Green Capital
Development 116, SLU, de autorización administrativa previa para el parque
eólico «A Boibela», de 72 MW de potencia instalada, y sus infraestructuras de
evacuación, en O Incio, A Pobra de Brollón, Quiroga y Ribas de Sil (Lugo) y
San Xoán de Río y A Pobra de Trives (Ourense).

De acuerdo con lo establecido en el artículo 53 de la Ley 24/2013, de 26
de diciembre, del Sector Eléctrico y en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre,
por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización,
suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, el
Director General de Política Energética y Minas en base a los siguientes:
I. Hechos
Primero. Solicitud de autorización administrativa previa.
Green Capital Development 116, SLU (en adelante el promotor) solicitó, con fecha 6
de mayo de 2020, subsanado con fechas 24 de junio de 2020, 25 de junio de 2020, 3 de
noviembre de 2020 y 18 de febrero de 2021, autorización administrativa previa para el
parque eólico «A Boibela», de 72 MW, y su infraestructura de evacuación, ubicados en
los términos municipales de O Incio, A Pobra de Brollón, Quiroga y Ribas de Sil,
ubicados en la provincia de Lugo, y San Xoán de Río y A Pobra de Trives, en la provincia
de Ourense (en adelante también, el proyecto).
Segundo. Admisión a trámite.
Esta Dirección General acreditó que la solicitud de autorización administrativa previa
del proyecto del parque eólico «A Boibela» y sus infraestructuras de evacuación, en las
provincias de Lugo y Ourense, había sido presentada y admitida a trámite.

Esta Dirección General da traslado del expediente al Área de Industria y Energía de
la Subdelegación del Gobierno en Lugo y al Área de Industria y Energía de la
Subdelegación del Gobierno en Pontevedra, como órganos competentes para la
tramitación del expediente de solicitud de autorización conforme a lo dispuesto en el
artículo 113 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.
Conforme a lo dispuesto en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, y en la
Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, la solicitud de autorización
administrativa previa, acompañada del proyecto y estudio de impacto ambiental se
somete a información pública, con la debida publicación en el «Boletín Oficial del
Estado» y Boletín Oficial de las provincias afectadas, habiéndose solicitado igualmente
los correspondientes informes a las distintas administraciones, organismos y empresas
de servicio público o de servicios de interés general en la parte que la instalación pueda
afectar a bienes y derechos a su cargo, así como a los organismos que deben presentar
informe conforme a la Ley 21/2013, de 9 de diciembre.

cve: BOE-A-2024-9820
Verificable en https://www.boe.es

Tercero. Tramitación de la solicitud conforme al Real Decreto 1955/2000, de 1 de
diciembre.