III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CIENCIA, INNOVACIÓN Y UNIVERSIDADES. Ayudas. (BOE-A-2024-9825)
Orden CNU/462/2024, de 10 de mayo, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas públicas destinadas al "Programa Tecnológico Espacial" y al apoyo de la cooperación tecnológica internacional en el ámbito de la salud ("Proyectos Multi-país"), en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PERTEs Aeroespacial y de Salud de Vanguardia) y por la que se aprueba la convocatoria correspondiente al año 2024 del "Programa Tecnológico Espacial".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 15 de mayo de 2024

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3.º Orden HFP/55/2023, de 24 de enero, relativa al análisis sistemático del riesgo
de conflicto de interés en los procedimientos que ejecutan el Plan de Recuperación,
Transformación y Resiliencia.
f. La normativa medioambiental que regula la aplicación del principio de «no causar
perjuicio significativo» (DNSH), en particular:
1.º El Reglamento (UE) 2020/852 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de
junio de 2020, relativo al establecimiento de un marco para facilitar las inversiones
sostenibles y por el que se modifica el Reglamento (UE) 2019/2088, ya que todas las
actuaciones que se ejecuten dentro del Plan de Recuperación, Transformación y
Resiliencia deben cumplir el principio de no causar un perjuicio significativo a los
objetivos medioambientales recogidos en el artículo 17 del citado Reglamento.
2.º Los Actos Delegados del Reglamento (UE) 2020/852, del Parlamento Europeo y
del Consejo, de 18 de junio de 2020 (Reglamento de Taxonomía).
3.º La «Guía técnica sobre la aplicación del principio de «no causar un perjuicio
significativo» en virtud del Reglamento relativo al Mecanismo de Recuperación y
Resiliencia (2021/C 58/01)» («Guía Técnica de la Comisión Europea»).
g. Por lo particularmente dispuesto en esta orden, por lo previsto en la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y en el Reglamento de desarrollo de
dicha ley, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el Real Decretoley 36/2020, de 30 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la
modernización de la Administración Pública y para la ejecución del Plan de
Recuperación, Transformación y Resiliencia, por la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, Ley 40/2015,
de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, Ley 14/2011, de 1 de junio, de
la Ciencia, la Tecnología y la Innovación, modificada por la Ley 17/2022, de 5 de
septiembre, Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales
y garantía de los derechos digitales, la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del
Sector Público en el caso de que en la ejecución de las subvenciones se celebren
contratos que deban someterse a dicha ley, y por las demás normas legales,
reglamentarias y, en su caso, convencionales, que resulten de aplicación.
h. Asimismo, será de aplicación la normativa relativa a la prevención y corrección
del fraude y la corrupción, la prevención del conflicto de interés y la doble financiación,
con arreglo a las previsiones que resulten de aplicación y en particular a la Directiva
(UE) 2017/1371 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 5 de julio de 2017, la Ley
Orgánica 1/2019, de 20 de febrero por la que se modifica la Ley orgánica 10/1995, de 23
de noviembre, del Código Penal, para transponer directivas de la Unión Europea en los
ámbitos financieros y de terrorismo, y abordar cuestiones de índole internacional, al
Reglamento (UE, Euratom) 2018/1046 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de
julio de 2018, sobre las normas financieras aplicables al presupuesto general de la
Unión, por el que se modifican los Reglamentos (UE) 1296/2013, (UE) 1301/2013, (UE)
1303/2013, (UE) 1304/2013, (UE) 1309/2013, (UE) 1316/2013, (UE) 223/2014 y (UE)
283/2014 y la Decisión 541/2014/UE, y por el que se deroga el Reglamento (UE,
Euratom) 966/2012.
i. Las ayudas que se otorguen en virtud de esta orden que cumplan con los
requisitos que establece la normativa vigente en materia de ayudas de Estado para ser
consideradas como tales, respetarán lo establecido en el Reglamento (UE) núm.
651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014, por el que se declaran determinadas
categorías de ayudas compatibles con el mercado interior en aplicación de los
artículos 107 y 108 del Tratado, publicado en el «Diario Oficial de la Unión Europea»
L187/1, de 26 de junio de 2014. Cualquier modificación posterior de la citada norma
deberá ser tenida en cuenta.

cve: BOE-A-2024-9825
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Núm. 118