III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CULTURA. Premios. (BOE-A-2024-9822)
Orden CLT/461/2024, de 13 de mayo, por la que se designan los jurados para la concesión de los Premios Nacionales a la Mejor Labor Editorial Cultural, de Periodismo Cultural, al Fomento de la Lectura en sus modalidades de Fomento de la Lectura y de Fomento de la Lectura en los Medios de Comunicación, y de Ilustración, correspondientes al año 2024.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 118
Miércoles 15 de mayo de 2024
Sec. III. Pág. 55527
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE CULTURA
9822
Orden CLT/461/2024, de 13 de mayo, por la que se designan los jurados para
la concesión de los Premios Nacionales a la Mejor Labor Editorial Cultural, de
Periodismo Cultural, al Fomento de la Lectura en sus modalidades de
Fomento de la Lectura y de Fomento de la Lectura en los Medios de
Comunicación, y de Ilustración, correspondientes al año 2024.
La Orden de 22 de junio de 1995, por la que se regulan los premios nacionales del
Ministerio de Cultura, modificada por la Orden CUD/580/2022, de 22 de junio, establece,
en su apartado primero, la relación de los premios nacionales que concede el
Departamento, actualmente el Ministerio de Cultura, en distintas actividades culturales,
entre los que se encuentran los Premios Nacionales a la Mejor Labor Editorial Cultural,
de Periodismo Cultural, al Fomento de la Lectura en sus modalidades de Fomento de la
Lectura y de Fomento de la Lectura en los Medios de Comunicación, y de Ilustración.
Mediante resoluciones de fecha de 5 de marzo de 2024 («Boletín Oficial del Estado»
n.º 72, de 22 de marzo), de la Dirección General del Libro, del Cómic y de la Lectura, se
convocaron los Premios Nacionales a la Mejor Labor Editorial Cultural, de Periodismo
Cultural, al Fomento de la Lectura en sus modalidades de Fomento de la Lectura y de
Fomento de la Lectura en los Medios de Comunicación y de Ilustración,
correspondientes a 2024.
En el apartado tercero de dichas resoluciones se establece que el fallo del premio
corresponderá a un jurado integrado por un número de miembros no inferior a cinco ni
superior a diecisiete que serán designados por la persona titular del Ministerio de
Cultura, mediante orden ministerial, a propuesta de la persona titular de la Dirección
General del Libro, del Cómic y de la Lectura, en cumplimiento de lo previsto en el
apartado cuarto de la Orden de 22 de junio de 1995.
En su virtud, en atención a cuanto ha quedado expuesto y de acuerdo con la
propuesta de la persona titular de la Dirección General del Libro, del Cómic y de la
Lectura, dispongo:
Primero. Designación del jurado para la concesión del Premio Nacional a la Mejor
Labor Editorial Cultural.
Los miembros del jurado encargado del fallo para la concesión del Premio Nacional a
la Mejor Labor Editorial Cultural, correspondiente al año 2024, serán los siguientes:
A propuesta de la Asociación Colegial de Escritores de España (ACE): don José Luis
Vicente Ferris (José Luis Ferris).
A propuesta del Centro de Estudios de Género de la UNED: doña María Elena Azofra
Sierra.
A propuesta de la Confederación Española de Gremios y Asociaciones de Libreros
(CEGAL): doña Sara Sánchez Asensi.
A propuesta de la Conferencia de Rectores de las Universidades Españolas (CRUE):
don Isaac Caselles Jiménez.
cve: BOE-A-2024-9822
Verificable en https://www.boe.es
a) Presidencia: corresponderá a la persona titular de la Dirección General del Libro,
del Cómic y de la Lectura o persona en quien delegue.
b) Vicepresidencia: corresponderá a la persona titular de la Subdirección General
de Promoción del Libro, la Lectura y las Letras Españolas.
c) Vocales:
Núm. 118
Miércoles 15 de mayo de 2024
Sec. III. Pág. 55527
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE CULTURA
9822
Orden CLT/461/2024, de 13 de mayo, por la que se designan los jurados para
la concesión de los Premios Nacionales a la Mejor Labor Editorial Cultural, de
Periodismo Cultural, al Fomento de la Lectura en sus modalidades de
Fomento de la Lectura y de Fomento de la Lectura en los Medios de
Comunicación, y de Ilustración, correspondientes al año 2024.
La Orden de 22 de junio de 1995, por la que se regulan los premios nacionales del
Ministerio de Cultura, modificada por la Orden CUD/580/2022, de 22 de junio, establece,
en su apartado primero, la relación de los premios nacionales que concede el
Departamento, actualmente el Ministerio de Cultura, en distintas actividades culturales,
entre los que se encuentran los Premios Nacionales a la Mejor Labor Editorial Cultural,
de Periodismo Cultural, al Fomento de la Lectura en sus modalidades de Fomento de la
Lectura y de Fomento de la Lectura en los Medios de Comunicación, y de Ilustración.
Mediante resoluciones de fecha de 5 de marzo de 2024 («Boletín Oficial del Estado»
n.º 72, de 22 de marzo), de la Dirección General del Libro, del Cómic y de la Lectura, se
convocaron los Premios Nacionales a la Mejor Labor Editorial Cultural, de Periodismo
Cultural, al Fomento de la Lectura en sus modalidades de Fomento de la Lectura y de
Fomento de la Lectura en los Medios de Comunicación y de Ilustración,
correspondientes a 2024.
En el apartado tercero de dichas resoluciones se establece que el fallo del premio
corresponderá a un jurado integrado por un número de miembros no inferior a cinco ni
superior a diecisiete que serán designados por la persona titular del Ministerio de
Cultura, mediante orden ministerial, a propuesta de la persona titular de la Dirección
General del Libro, del Cómic y de la Lectura, en cumplimiento de lo previsto en el
apartado cuarto de la Orden de 22 de junio de 1995.
En su virtud, en atención a cuanto ha quedado expuesto y de acuerdo con la
propuesta de la persona titular de la Dirección General del Libro, del Cómic y de la
Lectura, dispongo:
Primero. Designación del jurado para la concesión del Premio Nacional a la Mejor
Labor Editorial Cultural.
Los miembros del jurado encargado del fallo para la concesión del Premio Nacional a
la Mejor Labor Editorial Cultural, correspondiente al año 2024, serán los siguientes:
A propuesta de la Asociación Colegial de Escritores de España (ACE): don José Luis
Vicente Ferris (José Luis Ferris).
A propuesta del Centro de Estudios de Género de la UNED: doña María Elena Azofra
Sierra.
A propuesta de la Confederación Española de Gremios y Asociaciones de Libreros
(CEGAL): doña Sara Sánchez Asensi.
A propuesta de la Conferencia de Rectores de las Universidades Españolas (CRUE):
don Isaac Caselles Jiménez.
cve: BOE-A-2024-9822
Verificable en https://www.boe.es
a) Presidencia: corresponderá a la persona titular de la Dirección General del Libro,
del Cómic y de la Lectura o persona en quien delegue.
b) Vicepresidencia: corresponderá a la persona titular de la Subdirección General
de Promoción del Libro, la Lectura y las Letras Españolas.
c) Vocales: