III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DERECHOS SOCIALES, CONSUMO Y AGENDA 2030. Comunidad Autónoma de Andalucía. Convenio. (BOE-A-2024-9684)
Resolución de 7 de mayo de 2024, del Instituto de Mayores y Servicios Sociales, por la que se publica la Adenda de modificación y prórroga del Convenio entre el Centro de Recuperación de Personas con Discapacidad Física de San Fernando y la Universidad de Cádiz, para la realización de prácticas académicas externas.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 117

Martes 14 de mayo de 2024

Sec. III. Pág. 55006

Universidad de Cádiz UCA/R011REC/2024, por la que se aprueba la delegación de firma
en Vicerrectores, en la Gerente y en otros órganos de la Universidad de Cádiz.
Ambas partes intervienen en nombre y representación de sus respectivos cargos y
en el ejercicio de las competencias que les están legalmente atribuidas, se reconocen
mutua y recíprocamente legitimidad y capacidad suficiente para obligarse mediante la
presente adenda de modificación y prorroga y al efecto,
EXPONEN
Primero.
Que con fecha 17 de febrero de 2021, las partes firmaron un convenio cuyo objeto es
posibilitar a estudiantes matriculados en la Universidad de Cádiz la realización de
prácticas curriculares en el Centro de Recuperación de Personas con Discapacidad
Física de San Fernando (Cádiz) del Imserso, y regular las condiciones en que se
realizarán dichas prácticas, con una vigencia de cuatro años.
Este convenio fue publicado en el «Boletín Oficial del Estado» con fecha 13 de marzo
de 2021.
En el mismo, se establecen las condiciones para la realización de las prácticas de
formación en el Centro de Recuperación de Personas con Discapacidad Física de San
Fernando (Cádiz) del Imserso, y de los alumnos de la Universidad de Cádiz.
Segundo.
Que la cláusula cuarta del citado convenio entre el Imserso y la Universidad de Cádiz
trata de la Seguridad Social de las personas que desarrollan programas de formación y
prácticas no laborales y académicas.
Que el Real Decreto-ley 2/2023, de 16 de marzo, de medidas urgentes para la
ampliación de derechos de los pensionistas, la reducción de la brecha de género y el
establecimiento de un nuevo marco de sostenibilidad del sistema público de pensiones,
introduce en el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por el
Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, una nueva disposición adicional
quincuagésima segunda, sobre la inclusión en el sistema de Seguridad Social de los
alumnos que realicen prácticas formativas o prácticas académicas externas incluidas en
programas de formación. En particular, el apartado 4.b) de la citada disposición señala:
«En el caso de las prácticas formativas no remuneradas, el cumplimiento de las
obligaciones de Seguridad Social corresponderá a la empresa, institución o entidad en la
que se desarrollen aquellos, salvo que en el convenio o acuerdo de cooperación que, en
su caso, se suscriba para su realización se disponga que tales obligaciones
corresponderán al centro de formación responsable de la oferta formativa».
Tercero.

En consecuencia, con el fin de dar continuidad a la prestación objeto de dicho
convenio, las partes firmantes de esta adenda acuerdan modificar y prorrogar el
convenio de conformidad con las siguientes

cve: BOE-A-2024-9684
Verificable en https://www.boe.es

En el convenio las partes contemplaron en su cláusula duodécima, la posibilidad de
prorrogar su duración por un período de hasta cuatro años adicionales.
Que es voluntad de las partes proceder a la prórroga del convenio por cuatro años.