II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DEL INTERIOR. Personal laboral. (BOE-A-2024-9645)
Resolución de 26 de abril de 2024, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso como personal laboral fijo de la Administración General del Estado, con la categoría de Farmacéutico/a Hospitalario/a y Farmacéutico/a, fuera de Convenio, en la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 117

Martes 14 de mayo de 2024

Sec. II.B. Pág. 54709

ingreso podrá efectuarse directamente en cualquier oficina del BBVA, mediante
transferencia desde cualquier entidad bancaria. Las solicitudes se dirigirán a la
Secretaria General de Instituciones Penitenciarias, calle Alcalá, 38, 28014 Madrid.
Las solicitudes suscritas en el extranjero podrán cursarse a través de las
representaciones diplomáticas o consulares españolas correspondientes. A las mismas
se acompañará el comprobante bancario de haber ingresado los derechos de examen
en la cuenta corriente número 0182/2458/10/0200006043, abierta en el BBVA, IBAN
ES10 0182/2458/10/0200006043. Oficina Institucional, título de cuenta «Tesoro
Público. Ministerio del Interior. Tasas recaudadas en el extranjero». El ingreso podrá
efectuarse directamente en cualquier oficina del BBVA, mediante transferencia desde
cualquier entidad bancaria.
Estarán exentas del pago de esta tasa:
a) Las personas con un grado de minusvalía igual o superior al 33 %, debiendo
acompañar a la solicitud certificado acreditativo de tal condición.
b) Las personas que figurasen como demandantes de empleo durante el plazo,
al menos, de un mes anterior a la fecha de la convocatoria. Serán requisitos para el
disfrute de la exención que, en el plazo de que se trate, no hubieran rechazado oferta
de empleo adecuado ni se hubiesen negado a participar, salvo causa justificada, en
acciones de promoción, formación o reconversión profesionales y que, asimismo,
carezcan de rentas superiores, en cómputo mensual, al Salario Mínimo
Interprofesional. La certificación relativa a la condición de demandante de empleo, con
los requisitos señalados, se solicitará en la oficina de los servicios públicos de
empleo. En cuanto a la acreditación de las rentas se realizará mediante una
declaración jurada o promesa escrita del solicitante. Ambos documentos deberán
acompañarse a la solicitud.
c) Las familias numerosas en los términos del artículo 12.1.c) de la Ley 40/2003,
de 18 de noviembre, de protección de la Familia Numerosa. Tendrán derecho a una
exención del 100 % de la tasa los miembros de familias de categoría especial y a una
bonificación del 50 % los que fueran de la categoría general. La condición de familia
numerosa se acreditará mediante el correspondiente título actualizado.
d) Las víctimas del terrorismo, entendiendo por tales, las personas que hayan
sufrido daños físicos y psíquicos como consecuencia de la actividad terrorista y así lo
acrediten mediante sentencia judicial firme o en virtud de resolución administrativa por la
que se reconozca tal condición, su cónyuge o persona que haya convivido con análoga
relación de afectividad, el cónyuge del fallecido y los hijos de los heridos y fallecido.
La falta de justificación del abono de los derechos de examen o de encontrarse
exento determinará la exclusión del aspirante.
Las solicitudes se dirigirán a la Secretaria General de Instituciones Penitenciarias,
calle Alcalá 38, 28014 Madrid.
ANEXO V
Tribunal calificador

Presidente: Don Enrique Acín García, Cuerpo Facultativo de Sanidad Penitenciaria.
Secretaria: Doña Isabel García Gutiérrez, Cuerpo Superior de Técnicos de
Instituciones Penitenciarias.
Vocales:
Doña Gloria Hervás Leyva, Farmacéutica del centro penitenciario de Albolote.
Don Carlos Huerta Rivas, Farmacéutica del centro penitenciario de Madrid IV,
Navalcarnero.

cve: BOE-A-2024-9645
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