II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES. Cuerpo Especial de Técnicos Especialistas del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses. (BOE-A-2024-9643)
Orden PJC/444/2024, de 25 de abril, por la que se convoca proceso selectivo para acceso por el turno libre y promoción interna, al Cuerpo Especial de Técnicos Especialistas del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 14 de mayo de 2024

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no obtuviera plaza por dicho cupo de reserva, y su puntuación fuera superior a la
obtenida por los aspirantes del sistema general que pudieran obtener plaza, será incluida
por su orden de puntuación en el sistema de acceso general. Se conservará la nota de
los ejercicios de aquellos aspirantes que, habiendo concurrido al proceso selectivo por
cupo de reserva para personas con discapacidad, superen el 60 por ciento de la
calificación máxima prevista para el correspondiente ejercicio. La validez de esta medida
será aplicable a la convocatoria inmediatamente siguiente, cuando el contenido del
temario y su forma de calificación sean análogos.
1.3 Las presentes bases de convocatoria se publicarán en el «Boletín Oficial del
Estado».
2.

Proceso selectivo

2.1 El proceso selectivo tendrá lugar por el sistema selectivo de oposición, para el
turno libre y por el sistema de concurso-oposición, para el turno de promoción interna y
se desarrollará con los ejercicios, puntuaciones y valoraciones que se especifican en el
anexo I de esta convocatoria.
A los aspirantes de promoción interna que hayan superado la fase de oposición se
les aplicará el baremo de méritos de la fase de concurso que se especifica en el anexo IC de esta convocatoria.
2.2 La calificación final del proceso selectivo vendrá determinada por la puntuación
final obtenida en las fases de oposición y, en su caso, de concurso.
2.3 El proceso selectivo incluirá la superación de un periodo de prácticas tuteladas
en el Centro de Estudios Jurídicos. Quienes hayan superado las fases de oposición y, en
su caso, de concurso, cuyo número no podrá ser superior al de plazas convocadas,
serán nombrados funcionarios en prácticas por la autoridad competente del Ministerio de
la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes.
Al finalizar periodo de prácticas, que se realizará en el Centro de Estudios Jurídicos,
se calificará como apto o no apto a la persona aspirante, siendo necesario ser
considerado apto para superar el proceso selectivo.
2.4 La calificación final del proceso selectivo vendrá determinada por la puntuación
final obtenida en las fases de oposición y, en su caso, de concurso, para quienes
obtengan la calificación de apta o apto al finalizar el curso selectivo.
2.5 En ningún caso podrá declararse superado el proceso selectivo a un número
mayor de aspirantes que el de plazas objeto de esta convocatoria, siendo nulas de pleno
derecho las propuestas de personas aprobadas que contravengan esta limitación.
2.6 En el supuesto de que dos o más aspirantes obtuvieran la misma calificación
total, se deshará el empate:
– Para el turno libre, primero, atendiendo a la mayor calificación obtenida en el
primer ejercicio, a la mayor calificación obtenida en el segundo ejercicio y a la mayor
calificación obtenida en el tercer ejercicio sucesivamente. Por último, si aún persistiera el
empate primará la primera letra del primer apellido empezando por la letra «W», de
acuerdo con la Resolución de 27 de julio de 2023, de la Secretaría de Estado de Función
Pública, por la que se publica el resultado del sorteo a que se refiere el Reglamento
General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración del Estado (BOE de 29
de julio). En el supuesto de que no exista ninguna persona aspirante cuyo primer apellido
comience por la letra «W», el empate se dirimirá por aquellos cuyo primer apellido
comience por la letra «X», y así sucesivamente.
– Para la promoción interna primará la mayor puntuación obtenida en el mérito c
(servicios prestados y reconocidos) de acuerdo con lo detallado en el anexo I-C, en
segundo lugar, la mayor puntuación obtenida en la fase de concurso y en tercer lugar la
conseguida en la fase de oposición. Por último, si aún persistiera el empate primará la
primera letra del primer apellido empezando por la letra «W», de acuerdo con la
Resolución de 27 de julio de 2023, de la Secretaría de Estado de Función Pública, por la
que se publica el resultado del sorteo a que se refiere el Reglamento General de Ingreso

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Núm. 117