II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES. Cuerpo Especial de Facultativos del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses. (BOE-A-2024-9642)
Orden PJC/443/2024, de 25 de abril, por la que se convoca proceso selectivo para acceso por turno libre y promoción interna, al Cuerpo Especial de Facultativos del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses.
48 páginas totales
Página
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 14 de mayo de 2024

Sec. II.B. Pág. 54599

desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o
separada, o inhabilitado o inhabilitada.
c) No ser funcionario o funcionaria de carrera del Cuerpo a cuyas pruebas
selectivas se presenten, salvo que se concurra por una especialidad diferente.
4.6 En el supuesto de concurrir por el turno de promoción interna, además de tener
la titulación requerida en cada caso, las personas aspirantes deberán pertenecer como
funcionario de carrera al propio Cuerpo Especial de Facultativos en una especialidad
diferente a aquella a la que se aspira o al Cuerpo Especial de Técnicos Especialistas de
Laboratorio del INTCF y poseer, además de la titulación académica requerida para el
acceso por la especialidad por la que se presentan, una antigüedad como funcionario de
carrera, interino o sustituto de al menos dos años en dicho Cuerpo.
4.7 Todos estos requisitos deben reunirse en el día de la finalización del plazo de
presentación de solicitudes y mantenerse hasta la fecha de toma de posesión.
5.

Solicitudes y documentación

5.1 De acuerdo con el Reglamento de actuación y funcionamiento del sector público
por medios electrónicos, aprobado por el Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo y que
establece la obligatoriedad del uso de medios electrónicos en los procesos selectivos para
el acceso al empleo público en el ámbito de la Administración General del Estado, quienes
deseen participar en este proceso selectivo deberán cumplimentar y presentar
electrónicamente el modelo oficial de solicitud de admisión a pruebas selectivas en la
Administración Pública y liquidación de tasas de derechos de examen (modelo 790), que
estará disponible en el servicio de Inscripción en Pruebas Selectivas (IPS) del Punto de
Acceso General (https://administracion.gob.es/pag_Home/empleoPublico/ips.html), de
acuerdo con las instrucciones que se indican. En el caso de que se produzca alguna
incidencia técnica durante el proceso de inscripción, los participantes deberán dirigirse al
teléfono 060 o rellenar el formulario de consultas/incidencias disponibles en la siguiente
dirección https://centrodeservicios.redsara.es/ayuda/consulta/IPS».
No obstante, si una incidencia técnica debidamente acreditada imposibilitara el
funcionamiento ordinario del sistema, impidiendo con ello la presentación y su pago en el
plazo correspondiente, el órgano convocante podrá acordar de manera extraordinaria la
ampliación del plazo de presentación de solicitudes.
5.2 La persona aspirante que solicite presentarse al proceso selectivo deberá
disponer de un certificado digital válido de persona física (más información en http://
firmaelectronica.gob.es y en https://www.dnielectronico.es/).
Los sistemas de identificación y firma electrónica admitidos para realizar la
inscripción serán los que determine el servicio de IPS en cada momento.
5.3 La presentación de la solicitud se realizará en el plazo de veinte días hábiles
contados a partir del siguiente al de la publicación de la presente Orden en el «Boletín
Oficial del Estado», y se dirigirá a la Secretaría de Estado de Justicia.
La no presentación de la solicitud en tiempo y forma supondrá la no participación del
aspirante en el proceso selectivo.
5.4 La presentación y el pago de la correspondiente tasa se realizarán por vía
electrónica, a través del servicio de Inscripción en Procesos - Pruebas Selectivas del
Punto de Acceso General (https://administracion.gob.es/pag_Home/empleoPublico/
ips.html), mediante el uso del mismo formulario 790 mencionado en la base 5.1 anterior y
de acuerdo con las instrucciones que se indican.
Las personas aspirantes que estén exentas del pago de la tasa o tengan derecho a
la reducción de ésta, adjuntarán en formato electrónico la documentación acreditativa del
derecho a la reducción o exención.
5.5 Tasa de derechos de examen. El importe de la tasa por derechos de examen será:
– Para el turno libre, 31,10 euros (15,55 euros en el caso de derecho a reducción
del 50 por ciento).

cve: BOE-A-2024-9642
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 117