III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES. Convenios. (BOE-A-2024-9451)
Resolución de 3 de mayo de 2024, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre la Secretaría General de Administración Digital y el Centro para el Desarrollo Tecnológico y la Innovación, E.P.E., para la asignación de equipos portátiles y/o separables dentro de la iniciativa «Puesto de Trabajo Inteligente», en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia -financiado por la Unión Europea- Next Generation EU.
30 páginas totales
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 114

Viernes 10 de mayo de 2024

Sec. III. Pág. 53852

2. Si trascurrido dicho plazo persistiera injustificadamente el incumplimiento, la
parte requirente notificará a la otra la concurrencia de la causa de resolución y se
entenderá resuelto el convenio, sin perjuicio de la liquidación de las obligaciones
pendientes que se dirimirán en la Comisión de Seguimiento.
3. En caso de incumplimiento del presente convenio imputable al Centro para el
Desarrollo Tecnológico y la Innovación, E.P.E., se aplicarán las medidas incluidas en la
normativa nacional y europea relativa al destino del Fondo de Recuperación Next
Generation EU.
Duodécima.

Modificación.

Este convenio puede ser modificado por acuerdo unánime de las partes, que se
formalizará mediante adenda, conforme al artículo 59 del Real Decreto-ley 36/2020,
de 30 de diciembre, que exceptúa de la autorización previa prevista en el artículo 50 de
la Ley 40/2015, de 1 de octubre.
Decimotercera.

Régimen de resolución de conflictos.

1. Las partes se comprometen a solventar por acuerdo mutuo en el seno de la
Comisión de Seguimiento, cuantas discrepancias resulten de la interpretación y
cumplimiento de este convenio.
2. Las cuestiones litigiosas surgidas sobre la interpretación, modificación,
resolución y efectos que pudieran derivarse de la aplicación del presente convenio que
se establezcan al amparo del mismo, se someterán ante el orden jurisdiccional
contencioso-administrativo, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 20.c) de la
Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.
Decimocuarta.

Creación de la Agencia Estatal de Administración Digital.

Las partes son conscientes de la posibilidad de que, en cumplimiento de la
Disposición Adicional centésima decima séptima de la Ley 22/2021, de 28 de diciembre,
de Presupuestos Generales del Estado para el año 2022, durante la vigencia del
convenio, puede producirse la constitución efectiva de la Agencia Estatal de
Administración Digital, que asumirá la posición jurídica de la SGAD.
Y, en prueba de conformidad, las partes firman el presente convenio.–El Secretario
General de la Administración Digital, Juan Jesús Torres Carbonell.–El Director General
del Centro para el Desarrollo Tecnológico y la Innovación, E.P.E., José Moisés Martín
Carretero.
ANEXO I
Mediante el presente convenio se asigna al Centro para el Desarrollo Tecnológico y la
Innovación, E.P.E., con indicación del número de serie, número de inventario y fecha de
inicio de la garantía, los siguientes equipos portátiles ultraligeros de categoría superior:
Número inventario

Número serie

Fecha inicio garantía

HP IDS UMA Ryzen 7 5825U

01427000101020078063

5CD301GMHN

16 de mayo de 2023.

HP IDS UMA Ryzen 7 5825U

01427000101020078064

5CD301GMMF

16 de mayo de 2023.

HP IDS UMA Ryzen 7 5825U

01427000101020078065

5CD301GM82

16 de mayo de 2023.

HP IDS UMA Ryzen 7 5825U

01427000101020078066

5CD301GMNL

16 de mayo de 2023.

HP IDS UMA Ryzen 7 5825U

01427000101020078067

5CD301GMBG

16 de mayo de 2023.

HP IDS UMA Ryzen 7 5825U

01427000101020078068

5CD301GMMC

16 de mayo de 2023.

cve: BOE-A-2024-9451
Verificable en https://www.boe.es

Descripción