III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES. Convenios. (BOE-A-2024-9442)
Resolución de 3 de mayo de 2024, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre la Agencia Estatal de Meteorología y el Instituto Nacional de Técnica Aeroespacial «Esteban Terradas», para la integración de la estación de El Arenosillo en la infraestructura de investigación europea Integrated Carbon Observation System.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 114

Viernes 10 de mayo de 2024

Sec. III. Pág. 53755

ICOS ERIC integra las observaciones de gases de efecto invernadero en la
atmósfera, los ecosistemas y los océanos para proporcionar datos temporales y de alta
calidad para la investigación, la toma de decisiones políticas y la información al público
en general. ICOS ERIC reúne a las comunidades de investigación nacionales europeas
de alta calidad y a las estaciones de medición, a través de la coordinación y el apoyo
mutuo, constituyendo una infraestructura de investigación a nivel europeo que sirve tanto
a los científicos como a la sociedad.
Segundo.
Los promotores de la Infraestructura de Investigación Europea ICOS ERIC,
pertenecientes a diversos Estados europeos, la han configurado jurídicamente como un
Consorcio Europeo de Infraestructura de Investigación (en lo sucesivo ERIC, por sus
siglas en inglés), constituido de acuerdo con lo dispuesto en el Reglamento
n.º 723/2009/CE, del Consejo, de 25 de junio de 2009, relativo al marco jurídico
comunitario aplicable a los Consorcios de Infraestructuras de Investigación Europeas,
(en adelante, Reglamento 2009/723/CE).
Tercero.
La ICOS ERIC se creó en virtud de la Decisión de Ejecución (UE) 2015/2097 de la
Comisión, de 26 de octubre de 2015.
Cuarto.
El Real Decreto 404/2020, de 27 de febrero, por el que se desarrolla la estructura
orgánica básica del Ministerio de Ciencia e Innovación (MCIN) asigna a la Secretaría
General de Investigación la dirección de las relaciones internacionales en materia
científica, de investigación y desarrollo, así como el seguimiento de las actuaciones de la
Unión Europea en este ámbito y la definición de los programas de cooperación
internacional en dichas materias, de carácter bilateral o multilateral, sin perjuicio de las
competencias del Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación, así
como de las competencias propias de la Subsecretaría de Ciencia e Innovación.
Quinto.
El Real Decreto 186/2008, de 8 de febrero, por el que se aprueba el Estatuto de
AEMET, en su artículo 8.f asigna a AEMET la competencia del mantenimiento de una
vigilancia continua, eficaz y sostenible de las condiciones meteorológicas, climáticas y de
la estructura y composición física y química de la atmósfera sobre el territorio nacional.
Sexto.
Con fecha 10 de mayo de 2020, el MCIN y AEMET firmaron un convenio para regular
las condiciones de colaboración y distribuir entre las partes los derechos y obligaciones
que correspondan para la participación de España en ICOS ERIC.

En virtud del citado convenio de colaboración, AEMET asume la coordinación de las
observaciones de carbono realizadas por las instituciones integradas en ICOS-España
que hayan comprometido su aportación a ICOS ERIC, estableciéndose que la relación
con dichas instituciones estará regulada mediante actuaciones bilaterales.
Octavo.
El Real Decreto 925/2015, de 16 de Octubre, por el que se aprueba su Estatuto, el
INTA es el Organismo Público de la Administración General del Estado que ejercerá

cve: BOE-A-2024-9442
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Séptimo.