III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DERECHOS SOCIALES, CONSUMO Y AGENDA 2030. Convenios. (BOE-A-2024-9468)
Resolución de 1 de mayo de 2024, del Instituto de Mayores y Servicios Sociales, por la que se publica la Adenda de modificación del Convenio con el Instituto de Enseñanzas Aplicadas de Salamanca, para la realización de prácticas formativas del alumnado del Centro de Recuperación de Personas con Discapacidad Física de Salamanca.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 114

Viernes 10 de mayo de 2024

Sec. III. Pág. 53924

Que es voluntad de las partes proceder a la modificación del convenio y, en
consecuencia, suscribir la presente adenda de modificación del convenio con arreglo a las
siguientes,
CLÁUSULAS
Primera.

Objeto de la adenda.

La presente adenda tiene como objeto modificar las obligaciones que asumen las
partes en relación con la Seguridad Social de las personas que desarrollan programas
de formación y prácticas no laborales y académicas.
Segunda.

Modificación.

La cláusula decimocuarta del convenio queda redactada de la siguiente forma:
«Decimocuarta. Seguridad Social de las personas que desarrollan programas de
formación y prácticas no laborales y académicas.
Las prácticas que realiza el alumnado en la entidad Instituto de Enseñanzas
Aplicadas, SCL, de Salamanca, no están comprendidas en el apartado 4.b) de la
disposición adicional quincuagésima segunda del texto refundido de la Ley
General de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 8/2015,
de 30 de octubre, introducida a través del Real Decreto-ley 2/2023 de 16 de
marzo, de medidas urgentes para la ampliación de derechos de los pensionistas,
la reducción de la brecha de género y el establecimiento de un nuevo marco de
sostenibilidad del sistema público de pensiones, ya que no van dirigidas a la
obtención de un certificado de profesionalidad.»
Tercera. Eficacia de la adenda.
La presente adenda se perfeccionará por la prestación del consentimiento de las
partes y resultará eficaz una vez inscrita, en el plazo de cinco días hábiles desde su
formalización, en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de
Cooperación del sector público estatal, siempre que se produzca antes de la extinción
del convenio. Asimismo, será publicada en el plazo de diez días hábiles desde su
formalización en el «Boletín Oficial del Estado».
Cuarta.

Subsistencia del resto del convenio.

En prueba de conformidad, las partes implicadas firman la presente adenda de
modificación, en la fecha indicada en el pie de firma, tomándose como fecha de
formalización del presente documento la fecha del último firmante (29 de abril de 2024).–
Por el Instituto de Mayores y Servicios Sociales, la Directora General, María Teresa
Sancho Castiello.–Por la entidad Instituto de Enseñanzas Aplicadas, SCL, la Presidenta,
María José Pérez Hernández.

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D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X

cve: BOE-A-2024-9468
Verificable en https://www.boe.es

Se mantienen plenamente en vigor todos y cada uno de los términos y condiciones
del convenio en lo no estipulado por esta adenda.