V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. MINISTERIO DE TRANSPORTES Y MOVILIDAD SOSTENIBLE. (BOE-B-2024-16779)
Extracto de la Resolución de la Secretaría de Estado de Transportes y Movilidad Sostenible, por la que se convocan ayudas para la formación en relación con el transporte por carretera para el año 2024
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 114

Viernes 10 de mayo de 2024

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V. Anuncios
B. Otros anuncios oficiales
MINISTERIO DE TRANSPORTES Y MOVILIDAD SOSTENIBLE

16779

Extracto de la Resolución de la Secretaría de Estado de Transportes y
Movilidad Sostenible, por la que se convocan ayudas para la formación
en relación con el transporte por carretera para el año 2024

BDNS(Identif.):759705
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/
2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la
convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional
de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/
759705)
Primero. Beneficiarios:
Asociaciones profesionales de transportistas o de empresas de actividades
auxiliares y complementarias del transporte por carretera definidas en el artículo 1
de la Ley 16/1987, de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres,
con implantación, al menos, en tres Comunidades Autónomas y, en los mismos
términos, asociaciones profesionales de trabajadores. Otras entidades sin ánimo
de lucro, públicas o privadas, con vinculación acreditada al sector del transporte
terrestre.
Segundo. Objeto.
Ayuda para la formación en relación con el transporte por carretera.
Tercero. Bases reguladoras.
La Orden FOM/3591/2008, de 27 de noviembre (B.O.E. de 11 de diciembre),
modificada por la Orden FOM/2423/2013, de 18 de diciembre (B.O.E. de 26 de
diciembre) y la Orden FOM/64/2017, de 30 de enero (B.O.E. de 2 de febrero)
aprobó las bases reguladoras de estas ayudas.
Cuarto. Cuantía.
Cuantía máxima: 3.858.000 euros, repartida entre todos los solicitantes que
resulten beneficiarios.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.
Un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación de la
convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.

La solicitud debe realizarse a través de la sede electrónica del Ministerio de
Transportes y Movilidad Sostenible, a la que debe acompañarse el archivo Excel
descargable en dicha sede, totalmente cumplimentado.
El pago podrá realizarse de forma inmediata a su otorgamiento cuando se
presente resguardo acreditativo de la constitución de una garantía ante la Caja
General de Depósitos a disposición de la Dirección General de Transporte por
Carretera y Ferrocarril por el importe total de la subvención.

cve: BOE-B-2024-16779
Verificable en https://www.boe.es

Sexto. Otros datos