II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE DEFENSA. Cuerpos y escalas de las Fuerzas Armadas. (BOE-A-2024-9355)
Resolución 452/38155/2024, de 7 de mayo, de la Subsecretaría, por la que se convocan los procesos de selección para el ingreso en los centros docentes militares de formación, mediante la forma de ingreso directo, con y sin exigencia de titulación universitaria previa, para la incorporación como militar de carrera o adscripción como militar de complemento a las escalas de oficiales de los Cuerpos Generales, del Cuerpo de Infantería de Marina y del Cuerpo de la Guardia Civil.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 113

Jueves 9 de mayo de 2024

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de admisión a los procesos de selección, sino que complementa a ésta al justificar el
abono de los derechos de examen.
La persona interesada deberá acceder a la plataforma de IPS única y exclusivamente
para proceder a la liquidación de derechos de examen siguiendo las instrucciones del
apéndice 2. El acceso a la plataforma de inscripción puede hacerse desde la misma
solicitud de admisión, para solicitudes cursadas con certificado electrónico, o,
directamente, a través de la dirección (https://ips.redsara.es).
En cualquier caso, aun cuando esté exento o tenga derecho a reducción, deberá
tramitar el correspondiente modelo 790.
No abonar la tasa de los derechos de examen antes de la finalización del plazo de
presentación de solicitudes determinará la exclusión definitiva del proceso de selección.
Para la devolución de ingresos indebidos de la tasa, cuando sea el caso, se actuará
como se indica en el punto 3 del Apéndice 2.
1.3

Declaración de preferencias de ingreso. Apéndice 3.

Plazo de presentación: Dentro del plazo establecido en la base tercera.
Las personas que deseen participar en más de un proceso de selección, derivado de
la aplicación del Real Decreto 464/2024, de 30 de abril, deberán cumplimentar la
declaración de preferencias de ingreso. Una copia de este apéndice deberá ser
adjuntada en todas las solicitudes de participación a procesos de selección.
En el Apéndice 3 se podrán diferenciar las plazas seleccionadas para acceder como
militar de carrera de las correspondientes para la adscripción como militar de
complemento, y, dentro de cada una, especificar las preferencias por ejército, si es el
caso. En ningún caso la presentación de este documento sustituye las prioridades de
plazas de acceso a militar de carrera o complemento seleccionadas en la solicitud de
admisión para un mismo proceso de selección, tal y como se establece en el
apartado 1.1.3 de esta base.
Las preferencias manifestadas en el Apéndice 3 sólo se podrán modificar dentro del
plazo de presentación de la solicitud de admisión al proceso de selección, mediante
instancia por escrito al Director General de Reclutamiento y Enseñanza Militar,
consignando su nombre, apellidos y NIF, resolución de las convocatorias cuyo
Apéndice 3 se modifica, lugar, fecha y firma, junto con el nuevo ejemplar de dicho
documento.
En el caso de que la persona interesada tenga derecho a obtener plaza en varios
procesos de selección, y haya declarado diferentes preferencias de ingreso en distintos
apéndices 3, tendrá validez el orden de preferencia manifestado en el ejemplar
presentado en el último proceso de selección en el que haya solicitado participar.
1.4 Requisitos adicionales. Además de lo anterior, en función de la procedencia o
edad del personal que solicite la admisión, también se deberá tener en cuenta lo
siguiente:
Militares profesionales:

– Certificado del resultado de las pruebas analíticas de detección de consumo de
sustancias psicotrópicas.
Plazo de presentación: Dentro del plazo establecido en la base tercera.
Deberán aportar el certificado del Jefe de UCO de destino o dependencia
(Apéndice 4), en soporte digital, según establece el apartado 1.1.1 de esta base, con el
resultado de las pruebas analíticas de detección de consumo de sustancias psicotrópicas
o drogas realizadas dentro del período de un año inmediatamente anterior a la fecha
límite de presentación de solicitudes, según lo establecido en el III Plan de Detección de
Drogas en las Fuerzas Armadas, de 14 de julio de 2020.
– La Secretaría de procesos comprobará, a través del Sistema de Información de
Personal de Defensa (SIPERDEF), si tiene anotadas, con carácter firme en vía
administrativa, sanciones disciplinarias por faltas graves o muy graves.

cve: BOE-A-2024-9355
Verificable en https://www.boe.es

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