II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Cuerpos docentes universitarios. (BOE-A-2024-9368)
Resolución de 30 de abril de 2024, de la Universitat de València, por la que se convoca concurso de acceso a plazas de cuerpos docentes universitarios.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 113

Jueves 9 de mayo de 2024

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b) Haber obtenido la acreditación para el acceso al cuerpo de profesores y
profesoras titulares de universidad.
Se considera que poseen la acreditación regulada en el Real Decreto 678/2023, de 18
de julio, el profesorado habilitado conforme a lo establecido en el Real Decreto 774/2002,
de 26 de julio, por el que se regula el sistema de habilitación nacional para el acceso a
cuerpos de funcionarios docentes universitarios y el régimen de los concursos de acceso
respectivos. Se entenderá que los habilitados y habilitadas para el cuerpo de catedráticos
y catedráticas de escuela universitaria lo están para el acceso al cuerpo de profesores y
profesoras titulares de universidad, conforme a la disposición adicional décima de la Ley
Orgánica 4/2007, de 12 de abril («Boletín Oficial del Estado» de 13 de abril), por la que se
modifica la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades.
Igualmente, podrá presentarse al concurso de acceso el profesorado de
universidades de estados miembros de la Unión Europea o de aquellos estados en los
que en virtud de tratados internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados
por España sea de aplicación la libre circulación de trabajadoras y trabajadores, en los
términos en que esta se encuentra definida en el Tratado constitutivo de la Comunidad
Europea, que hayan alcanzado una posición equivalente a la de catedrático o catedrática
o de profesor o profesora titular de universidad, de acuerdo con la certificación emitida
por la Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación, a solicitud de la
persona interesada.
En ningún caso se admitirá la participación en el concurso de acceso cuando se
ostente la titularidad de una plaza de igual categoría a la convocada, adscrita a la misma
área de conocimiento y departamento.
Presentación de solicitudes de participación.

3.1 Plazo de presentación: veinte días a contar desde el día siguiente de la
publicación de esta convocatoria en el BOE.
Todos los plazos señalados en esta convocatoria se entienden que son hábiles,
excluyendo del cómputo los sábados, domingos y los declarados festivos.
3.2 Las solicitudes se presentarán obligatoriamente a través del formulario
electrónico correspondiente a la presente convocatoria que se encuentra en el entorno
de tramitación electrónica de la Universitat de València en la siguiente dirección
electrónica: https://seu.uv.es. La no utilización del citado formulario será motivo de
exclusión, insubsanable, una vez finalizado el plazo de presentación de solicitudes.
En este entorno se realizarán todos los trámites de presentación de instancias y
aportación de documentos.
3.3 El pago de la tasa (27 euros) se realizará mediante tarjeta bancaria a través de
la pasarela de pagos a la cual se accede desde el formulario electrónico de la
convocatoria, una vez finalizado el procedimiento de presentación telemática.
Estarán exentas del pago de la tasa las personas que acrediten una discapacidad en
grado igual o superior al 33 %, los miembros de familias numerosas de carácter especial,
los miembros de familias monoparentales de categoría especial y las víctimas de actos
de violencia sobre la mujer.
Las personas aspirantes mencionadas en el párrafo anterior lo harán constar
expresamente en el apartado correspondiente de la solicitud y deberán presentar, en su
caso, las certificaciones correspondientes que acrediten su condición de discapacidad,
de ser miembro de familia numerosa o de familia monoparental (mediante certificado de
la Conselleria de Bienestar Social u órgano competente), y las víctimas de actos de
violencia sobre la mujer mediante cualquiera de los medios de prueba que prevé el
artículo 9.1 y 9.2 de la Ley 7/2012, de 23 de noviembre de la Generalitat Valenciana,
integral contra la violencia sobre la mujer en el ámbito de la Comunidad Valenciana
(DOGV de 28 de noviembre de 2012).
Disfrutarán de una bonificación del 50 % de la tasa las personas que formen parte de
familias numerosas de categoría general y los miembros de familias monoparentales de
categoría general.

cve: BOE-A-2024-9368
Verificable en https://www.boe.es

Tercera.