III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE HACIENDA. Convenios. (BOE-A-2024-9371)
Resolución de 26 de abril de 2024, del Consorcio de la Zona Franca de Vigo, por la que se publica el Convenio con el Ayuntamiento de Vigo, para el desarrollo de un proyecto piloto de integración del antiguo edificio del Rectorado y del Centro Comercial A Laxe, en el marco de la "Convocatoria del Plan Nacional de territorios inteligentes de la Agenda Digital para España. Pilotos de edificios inteligente".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 113

Jueves 9 de mayo de 2024

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c.2) Facilitar la información propia del CZFV correspondiente a la gestión de los
edificios que se disponga para el desarrollo de los casos de uso previstos en el anexo I.
Tercera. Compromisos económicos asumidos por cada una de las Partes.
El presente convenio no generará ni dará lugar a ninguna clase de contraprestación
económica entre las Partes.
Cuarta.

Seguimiento y gestión del convenio.

Para velar por el cumplimiento de las obligaciones asumidas por las Partes, así como
por la correcta ejecución de las actuaciones recogidas en el presente convenio, se
creará una Comisión de Seguimiento formada por dos representantes de cada una de
las Partes, o personas en que estas deleguen:
− Por parte del Ayuntamiento de Vigo:
● Dos técnicos municipales, nombrados al efecto por parte de la Concejalía
responsable del Servicio de Administración electrónica.
− Por parte del Consorcio de la Zona Franca de Vigo:
● Dos representantes, nombrados al efecto por el Delegado Especial del Estado en
el Consorcio de la Zona Franca de Vigo.
La Comisión de Seguimiento asumirá las siguientes funciones:

Los miembros de la Comisión, o personas en que estos deleguen, se reunirán por lo
menos una vez al año, con el objeto de valorar los resultados de la prueba piloto,
adoptándose los acuerdos que procedan por unanimidad de los miembros.
La Comisión celebrará reuniones extraordinarias cuando así lo requieran los asuntos
a tratar o lo solicite alguna de las Partes con una antelación mínima de siete días.
Cuando las Partes lo consideren necesario y así lo acuerden, podrán incorporarse a
la Comisión técnicos del Ayuntamiento de Vigo y/u del CZFV para el cumplimiento de las
funciones que la misma tiene encomendadas.
La Comisión de Seguimiento podrá delegar en una Subcomisión Técnica, designada
al efecto, el estudio de los aspectos técnicos pertinentes, reservándose en todo caso la
decisión final sobre los mismos.
La representación del Ayuntamiento de Vigo presidirá la Comisión de Seguimiento
del convenio.
Las copias de las actas de las reuniones de esta Comisión, así como los documentos
o informes que se emitan en el desarrollo y ejecución de las funciones asignadas a la
Comisión, serán remitidas a los representantes de cada una de las Partes o a quien
estos designen.
El régimen de funcionamiento de la Comisión se ajustará a lo dispuesto en la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

cve: BOE-A-2024-9371
Verificable en https://www.boe.es

a) Llevar a cabo el seguimiento de las actuaciones incluidas en el presente
convenio e informar de su desarrollo.
b) Promover la coordinación necesaria para la realización de estudios,
desarrollando cuantas acciones se estimen necesarias y oportunas para la consecución
de los objetivos del convenio.
c) Velar por el cumplimiento de los plazos que se fijen.
d) Resolver las cuestiones que se susciten en la interpretación y cumplimiento del
presente convenio.
e) Informar a las Partes de los atrasos e incidencias que se puedan presentar
durante la ejecución del convenio, proponiendo, en su caso, los ajustes necesarios en la
ejecución de los casos de uso detallados en el anexo I.