III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE HACIENDA. Convenios. (BOE-A-2024-9371)
Resolución de 26 de abril de 2024, del Consorcio de la Zona Franca de Vigo, por la que se publica el Convenio con el Ayuntamiento de Vigo, para el desarrollo de un proyecto piloto de integración del antiguo edificio del Rectorado y del Centro Comercial A Laxe, en el marco de la "Convocatoria del Plan Nacional de territorios inteligentes de la Agenda Digital para España. Pilotos de edificios inteligente".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 113

Jueves 9 de mayo de 2024

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clase de actividades y prestar los servicios públicos que contribuyan a satisfacer las
necesidades y aspiraciones de los vecinos.
Dentro de su ámbito competencial, el Ayuntamiento de Vigo viene desarrollando
actuaciones encaminadas a la mejora de todos los ámbitos de gestión con la
incorporación de las TIC. Entre estas actuaciones figuran iniciativas incluidas en la
«Agenda Digital para España» como la convocatoria para el desarrollo del proyecto
«Piloto de Edificios Inteligentes» que, entre otros objetivos, busca facilitar a las ciudades el
proceso de transformación hacia una ciudad inteligente.
Segundo.
Que el Consorcio de la Zona Franca de Vigo (en adelante «CZFV»), creado mediante
el Decreto de 20 de junio de 1947, es una entidad de derecho público, con personalidad
jurídica y, por lo tanto, plena capacidad para realizar cuantos actos se dirijan a la
consecución de sus fines, tal y como figuran en su Estatuto Fundacional aprobado por la
Orden del Ministerio de Hacienda de 24 de julio de 1951, entre los que se encuentran la
contribución al desarrollo y dinamización económica y social de su área de influencia.
Tercero.
Que el CZFV está legitimado para proceder a la suscripción del presente convenio, al
amparo de lo establecido en el artículo 13 de su Reglamento Orgánico, aprobado por
Orden Ministerial de 24 de julio de 1951.
El artículo 20 del mencionado Reglamento, faculta expresamente al Comité ejecutivo
del CZFV para decidir, celebrar y ejecutar cuantos actos o contratos sean necesarios
para el establecimiento y administración de la Zona Franca, en lo que no esté atribuido al
Pleno, a través de su Delegado Especial del Estado, como presidente del dicho Comité
ejecutivo (artículo 25).
Cuarto.
Que el artículo 48 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del
Sector Público establece que las Administraciones públicas y sus organismos públicos,
en el ámbito de sus respectivas competencias, podrán suscribir convenios con sujetos de
derecho público, que deberán mejorar la eficiencia de la gestión pública, facilitar la
utilización conjunta de medios y servicios públicos, contribuir a la realización de
actividades de utilidad pública y cumplir con la legislación de estabilidad presupuestaria y
sustentabilidad financiera.
Quinto.
Que, mediante Resolución de 4 de diciembre de 2017 de la Entidad Pública Empresarial
Red.es, se establecieron las bases reguladoras, publicadas en el «Boletín Oficial del
Estado» número 309, de 21 de diciembre de 2017, en lo sucesivo la Convocatoria.

Que, por Resolución de 5 de diciembre de 2017 de la Entidad Pública Empresarial
Red.es (en lo sucesivo «Red.es»), se aprobó la Convocatoria de ayudas para el
desarrollo del Plan Nacional de Territorios Inteligentes de la Agenda Digital para España,
Pilotos de Edificios Inteligentes, cuyo extracto fue publicado en el «Boletín Oficial del
Estado» número 316 de 29 de diciembre de 2017.
Séptimo.
Que el Ayuntamiento de Vigo se presentó a la mencionada Convocatoria con el
proyecto «Vigo Edificios Inteligentes. Una Ciudad para las personas. Accesible, Eficiente

cve: BOE-A-2024-9371
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Sexto.