III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2024-9379)
Resolución de 25 de abril de 2024, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se otorga a Iberenova Promociones, SAU, autorización administrativa previa de las modificaciones y autorización administrativa de construcción para la instalación fotovoltaica FV Peralta, de 296,297 MW de potencia instalada, y su infraestructura de evacuación, ubicados en los términos municipales de Peralta, Funes, Milagro, Cadreita, Valtierra y Castejón (Navarra).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 113

Jueves 9 de mayo de 2024

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● Potencia de evacuación: 500 MVA.
● Longitud: 29.864 m, los cuales se dividen en 5 tramos:
○ Tramo 1: 6.714 m en simple circuito 400 kV al tresbolillo desde la subestación «FV
Peralta» hasta el apoyo n.º 20.
○ Tramo 2: 18.539 m en simple circuito 400 kV con apoyos diseñados para poder
albergar un segundo circuito, que no es objeto de este proyecto, entre los apoyos n.º 20
y n.º 73.
○ Tramo 3: 2.162 m en simple circuito 400 kV entre los apoyos n.º 73 y n.º 80.
○ Tramo 4: 694 m en triple circuito 400/220/66 kV entre los apoyos n.º 80 y n.º 81.
○ Tramo 5: 1.755 m en simple circuito 400 kV entre el apoyo n.º 81 y la subestación
«ST Castejón Promotores 30/400 kV».
● Características generales:
○ Frecuencia: 50 Hz.
○ Tipo de conductor:
En los tramos 1, 2, 3 y 5 (simple circuito): LA-510 (RAIL).
En el tramo 4 (triple circuito): 1 circuito LA-510 (RAIL) y 2 circuitos LA-380 (GULL).
Apoyos: torres metálicas de celosía.
Número de apoyos: 87.
Aislamiento: U210bp.
Cimentaciones: tetrabloque con forma troncopiramidal de sección cuadrada.

El resto de la infraestructura de evacuación, hasta la conexión con la red de
transporte cuenta con autorización administrativa de construcción otorgada mediante
Resolución de la Dirección General de Energía, I+D+i empresarial y
Emprendimiento n.º: 12/2024, de 5 de febrero de 2024 (SEMSI-CE-5041 y SAT-11133),
así como la subestación Castejón 400 kV, propiedad de Red Eléctrica de España, SAU,
que se encuentra en servicio.
El promotor deberá cumplir las condiciones aceptadas durante la tramitación, así
como las condiciones impuestas en la citada Declaración de Impacto Ambiental de la
Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental.
Asimismo, deberá cumplir las normas técnicas y procedimientos de operación que
establezca el Operador del Sistema.
Esta autorización se concede sin perjuicio de cualesquiera concesiones y
autorizaciones que sean necesarias de acuerdo con otras disposiciones que resulten
aplicables, en especial, las relativas a ordenación del territorio y medio ambiente, así
como sin perjuicio del resto de autorizaciones y permisos que sean necesarios para la
ejecución de la obra.
Para las modificaciones al proyecto que se debieran presentar, será de aplicación lo
establecido en el artículo 115 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.
De acuerdo con lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y en
el artículo 62.2.i) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector
Público, contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, puede
interponerse recurso de alzada ante la persona titular de la Secretaria de Estado de
Energía en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su publicación en el
«Boletín Oficial del Estado».
Transcurrido dicho plazo sin haberse interpuesto el recurso, la resolución será firme a
todos los efectos. Para el cómputo de los plazos por meses habrá de estarse a lo
dispuesto en el artículo 30 de la citada Ley 39/2015, de 1 de octubre.
Madrid, 25 de abril de 2024.–El Director General de Política Energética y Minas,
Manuel García Hernández.

cve: BOE-A-2024-9379
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