III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2024-9379)
Resolución de 25 de abril de 2024, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se otorga a Iberenova Promociones, SAU, autorización administrativa previa de las modificaciones y autorización administrativa de construcción para la instalación fotovoltaica FV Peralta, de 296,297 MW de potencia instalada, y su infraestructura de evacuación, ubicados en los términos municipales de Peralta, Funes, Milagro, Cadreita, Valtierra y Castejón (Navarra).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 9 de mayo de 2024

Sec. III. Pág. 52745

El expediente ha sido incoado por el Área de Industria y Energía de la Delegación del
Gobierno en Navarra y se ha tramitado de conformidad con lo previsto en el artículo 131
del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, habiéndose solicitado los correspondientes
informes a las distintas administraciones, organismos y empresas de servicio público o
de servicios de interés general en la parte que la instalación pueda afectar a bienes y
derechos a su cargo.
Se ha recibido contestación de la que no se desprende oposición de la Dirección
General de Cultura del Gobierno de Navarra. Se ha dado traslado al promotor de dicha
contestación, que expresa su conformidad con las mismas.
Se han recibido contestaciones de la Confederación Hidrográfica del Ebro, de la
Dirección General de Medio Ambiente, de la Dirección General de Obras Públicas e
Infraestructuras, del ADIF y de Enagás Transporte, SA en las que se establecen
condicionados técnicos y, en su caso, la necesidad de solicitar autorización ante dichos
organismos por la ocupación o el cruzamiento de la instalación con bienes o servicios de
sus competencias. Se ha dado traslado al promotor de dichas contestaciones, el cual
expresa su conformidad con las mismas.
Se ha recibido informe del Ayuntamiento de Peralta en el que señala que el proyecto
FV Peralta es compatible con el planeamiento urbanístico vigente, no obstante, las
parcelas clasificadas como suelo de Protección, Valor Cultural, Vías Pecuarias están
afectadas por su propia legislación, por lo que se deberá concretar la afección y que la
instalación no afecte a la cañada. El promotor responde al informe del Ayuntamiento de
Peralta manifestando conformidad y que se tendrá en consideración la afección a las
parcelas 119, 73, 95 y 205 del polígono 6 clasificadas como suelo de Protección, Valor
Cultural, Vías Pecuarias (VP) y se actuará tal y como se indica en el informe municipal,
concretando la afección y sin que la instalación afecte al uso de la cañada.
Se ha recibido contestación de Red Eléctrica de España, SA (REE) en la que se
establecen condicionantes técnicos y solicitan información adicional. Se ha dado traslado
al promotor de dicha contestación, el cual expresa su conformidad con las mismas y
remite información adicional. Red Eléctrica de España, SA vuelve a manifestar en segunda
respuesta que le falta documentación para pronunciarse respecto al cruzamiento con el
vano 3-4 la línea a 400 kV D/C Castejón-Muruarte 1 y 2, propiedad de Red Eléctrica. Con
fecha 18 de diciembre de 2023, REE emite nuevo informe en el que señala que el
cruzamiento es reglamentario y establece una serie de condicionantes.
Se ha recibido contestación de la Dirección General de Ordenación del Territorio en
la que muestra su oposición al proyecto por distintos motivos en relación con la
naturaleza de los terrenos como pueden ser su clase agrológica o las áreas de especial
protección o yacimientos arqueológicos afectados, así como por incompatibilidades con
algunos de los planeamientos urbanísticos de los términos municipales a los que afecta
el proyecto. El promotor responde a cada una de las alegaciones de la Dirección General
de Ordenación del Territorio, pero en segunda respuesta esta Dirección General ratifica
su posición inicial.
Preguntados la Delegación de Defensa en la Comunidad Foral de Navarra, el
Ayuntamiento de Cadreita, el Ayuntamiento de Castejón, el Ayuntamiento de Funes,
el Ayuntamiento de Milagro, el Ayuntamiento de Valtierra, Iberdrola Distribución Eléctrica,
la Compañía Logística de Hidrocarburos CLH, SA, la Dirección General de Industria,
Energía y Proyectos Estratégicos, S3 y Desarrollo de Energías Renovables de Navarra,
SA no se ha recibido contestación por su parte, por lo que se entiende la conformidad de
los mismos en virtud de lo dispuesto en los artículos 127.2 y 131.1 del referido Real
Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.
Asimismo, la petición ha sido sometida a información pública, de conformidad con
lo previsto en el artículo 125 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, con la
publicación el 18 de mayo de 2023 en el «Boletín Oficial del Estado» (núm.118) y el 19
de mayo de 2023 en el «Boletín Oficial de la Provincia de Navarra» (núm. 105). Se han
recibido alegaciones, que han sido contestadas por el promotor.

cve: BOE-A-2024-9379
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Núm. 113