I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE DEFENSA. Formación militar. (BOE-A-2024-9322)
Orden DEF/423/2024, de 26 de abril, por la que se aprueba el currículo de la enseñanza de formación de oficiales para la integración en la escala de oficiales del Cuerpo General del Ejército del Aire y del Espacio, mediante la forma de ingreso sin exigencia de titulación universitaria previa.
13 páginas totales
Página
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 113
Jueves 9 de mayo de 2024
Disposición final única.
Sec. I. Pág. 52382
Entrada en vigor.
1. La presente orden ministerial entrará en vigor el día siguiente al de su
publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
2. El currículo que se aprueba en esta orden ministerial se implementará a partir del
curso académico 2024-2025.
Madrid, 26 de abril de 2024.–La Ministra de Defensa, Margarita Robles Fernández.
CURRÍCULO DE LA ENSEÑANZA DE FORMACIÓN DE OFICIALES
PARA LA INTEGRACIÓN EN LA ESCALA DE OFICIALES DEL CUERPO GENERAL
DEL EJÉRCITO DEL AIRE Y DEL ESPACIO, MEDIANTE LA FORMA DE INGRESO
SIN EXIGENCIA DE TITULACIÓN UNIVERSITARIA PREVIA
Artículo 1. Perfiles profesionales a alcanzar en el primer empleo.
El teniente de la escala de oficiales del Cuerpo General del Ejército del Aire y del
Espacio, estará capacitado para actuar con disciplina, asumiendo los principios de
jerarquía y unidad de acción, con sujeción a la Constitución Española, a las Reales
Ordenanzas de las Fuerzas Armadas, al derecho de los conflictos armados y al resto del
ordenamiento jurídico, utilizando las formas propias de acción del Ejército del Aire y del
Espacio.
Además, estará capacitado para:
a) Ejercer las funciones operativas, técnicas, logísticas, administrativas y docentes
en el desempeño de los cometidos propios de su Cuerpo y escala, para la preparación y
empleo de la Fuerza y Apoyo a la Fuerza, en el ámbito de su competencia y
responsabilidad, así como para la utilización de los recursos personales, materiales y
financieros de los que sea responsable.
b) Adecuar sus acciones a las circunstancias, mediante el análisis, la evaluación de
riesgos y la deducción de opciones oportunas y adecuadas, así como asumir la
responsabilidad de sus acciones.
c) Elaborar, interpretar y transmitir a su nivel, de un modo claro y sin
ambigüedades, órdenes e ideas en castellano e inglés para desarrollar su actividad
integrado en organizaciones militares multinacionales.
d) Asesorar, aplicando el estudio y la investigación, en las materias que por razón
del Cuerpo y Escala de pertenencia sean de su competencia.
Artículo 2. Planificación temporal de los planes de estudios.
A estos efectos, a continuación, se relaciona la planificación temporal del plan de
estudios, por cursos, con sus módulos correspondientes.
Módulo
Centro: Academia General del Aire y del Espacio
Materia
Formación Básica.
Formación Militar General.
Formación Militar.
Formación en Idioma Extranjero. Idioma.
Asignatura
VUE
DCL
CBE
Carga de trabajo
Formación Militar Básica I.
1,5 ECTS
1,5 ECTS
1,5 ECTS
Formación Militar Básica II.
1,5 ECTS
1,5 ECTS
1,5 ECTS
Formación Militar I.
2 ECTS
2 ECTS
2 ECTS
Formación Militar II.
1 ECTS
1 ECTS
1 ECTS
Inglés I.
6 ECTS
6 ECTS
6 ECTS
cve: BOE-A-2024-9322
Verificable en https://www.boe.es
Curso 1.º CGEA
Núm. 113
Jueves 9 de mayo de 2024
Disposición final única.
Sec. I. Pág. 52382
Entrada en vigor.
1. La presente orden ministerial entrará en vigor el día siguiente al de su
publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
2. El currículo que se aprueba en esta orden ministerial se implementará a partir del
curso académico 2024-2025.
Madrid, 26 de abril de 2024.–La Ministra de Defensa, Margarita Robles Fernández.
CURRÍCULO DE LA ENSEÑANZA DE FORMACIÓN DE OFICIALES
PARA LA INTEGRACIÓN EN LA ESCALA DE OFICIALES DEL CUERPO GENERAL
DEL EJÉRCITO DEL AIRE Y DEL ESPACIO, MEDIANTE LA FORMA DE INGRESO
SIN EXIGENCIA DE TITULACIÓN UNIVERSITARIA PREVIA
Artículo 1. Perfiles profesionales a alcanzar en el primer empleo.
El teniente de la escala de oficiales del Cuerpo General del Ejército del Aire y del
Espacio, estará capacitado para actuar con disciplina, asumiendo los principios de
jerarquía y unidad de acción, con sujeción a la Constitución Española, a las Reales
Ordenanzas de las Fuerzas Armadas, al derecho de los conflictos armados y al resto del
ordenamiento jurídico, utilizando las formas propias de acción del Ejército del Aire y del
Espacio.
Además, estará capacitado para:
a) Ejercer las funciones operativas, técnicas, logísticas, administrativas y docentes
en el desempeño de los cometidos propios de su Cuerpo y escala, para la preparación y
empleo de la Fuerza y Apoyo a la Fuerza, en el ámbito de su competencia y
responsabilidad, así como para la utilización de los recursos personales, materiales y
financieros de los que sea responsable.
b) Adecuar sus acciones a las circunstancias, mediante el análisis, la evaluación de
riesgos y la deducción de opciones oportunas y adecuadas, así como asumir la
responsabilidad de sus acciones.
c) Elaborar, interpretar y transmitir a su nivel, de un modo claro y sin
ambigüedades, órdenes e ideas en castellano e inglés para desarrollar su actividad
integrado en organizaciones militares multinacionales.
d) Asesorar, aplicando el estudio y la investigación, en las materias que por razón
del Cuerpo y Escala de pertenencia sean de su competencia.
Artículo 2. Planificación temporal de los planes de estudios.
A estos efectos, a continuación, se relaciona la planificación temporal del plan de
estudios, por cursos, con sus módulos correspondientes.
Módulo
Centro: Academia General del Aire y del Espacio
Materia
Formación Básica.
Formación Militar General.
Formación Militar.
Formación en Idioma Extranjero. Idioma.
Asignatura
VUE
DCL
CBE
Carga de trabajo
Formación Militar Básica I.
1,5 ECTS
1,5 ECTS
1,5 ECTS
Formación Militar Básica II.
1,5 ECTS
1,5 ECTS
1,5 ECTS
Formación Militar I.
2 ECTS
2 ECTS
2 ECTS
Formación Militar II.
1 ECTS
1 ECTS
1 ECTS
Inglés I.
6 ECTS
6 ECTS
6 ECTS
cve: BOE-A-2024-9322
Verificable en https://www.boe.es
Curso 1.º CGEA