II. Autoridades y personal. - A. Nombramientos, situaciones e incidencias. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LA RIOJA. Destinos. (BOE-A-2024-9174)
Resolución 777/2024, de 25 de abril, de la Dirección General de Justicia e Interior, de la Consejería de Salud y Políticas Sociales, por la que se otorga destino al personal funcionario del Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia, turno promoción interna, que superó el proceso selectivo convocado por Orden JUS/241/2022, de 24 de marzo.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 112

Miércoles 8 de mayo de 2024

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II. AUTORIDADES Y PERSONAL
A. Nombramientos, situaciones e incidencias

COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LA RIOJA
9174

Resolución 777/2024, de 25 de abril, de la Dirección General de Justicia e
Interior, de la Consejería de Salud y Políticas Sociales, por la que se otorga
destino al personal funcionario del Cuerpo de Gestión Procesal y
Administrativa de la Administración de Justicia, turno promoción interna, que
superó el proceso selectivo convocado por Orden JUS/241/2022, de 24 de
marzo.

De conformidad con lo establecido en los artículos 28 y 29 del Real Decreto 1451/2005,
de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Ingreso, Provisión
de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional del Personal Funcionario al Servicio de
la Administración de Justicia, ha resuelto adjudicar destinos en los órganos judiciales y
fiscales que se relacionan en anexo I al personal funcionario del Cuerpo de Gestión
Procesal y Administrativa (turno promoción interna), nombrados funcionarios/as de
carrera del Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa por Orden de 25 de abril
de 2024 teniendo en cuenta lo siguiente:
Primero.
Al personal funcionario del Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa, al que se le
otorga destino en esta resolución, deberá tomar posesión de su cargo ante el
responsable del órgano judicial o fiscal de destino dentro del plazo de veinte días hábiles
contados desde el siguiente al de la publicación de esta resolución en el «Boletín Oficial
del Estado», de acuerdo con lo establecido en el artículo 29 del citado real decreto, y en
el artículo 30 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas, para lo cual deberán obrar con suficiente
antelación en dichos órganos judiciales los documentos F1R, que habrán sido remitidos,
por cuadruplicado ejemplar, previamente por esta Dirección General.

Al personal funcionario destinado en virtud de esta resolución y que opte por
continuar en activo en el Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa, no será
necesario que se desplace a tomar posesión al puesto de trabajo adjudicado, bastando
con que dentro del plazo de toma de posesión señalado en el apartado primero,
comunique, en su caso, a la gerencia territorial correspondiente o al órgano competente
de las comunidades autónomas con traspasos recibidos, dicha opción, a los efectos de
declaración de excedencia voluntaria prevista en el artículo 506 d) de la Ley
Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial. Copia de la resolución por la que se le
declara en situación de excedencia voluntaria será remitida al Registro Central de
Personal de la Subdirección General de acceso y promoción del personal al servicio de
la Administración de Justicia.
Tercero.
En caso de que el personal funcionario optare por ingresar en el Cuerpo de Gestión
Procesal y Administrativa y quisiera evitar un vacío en la continuidad de sus servicios en
la Administración de Justicia, dada la necesidad de contar con el tiempo indispensable
para efectuar la toma de posesión, podrá solicitar de la gerencia territorial o al órgano

cve: BOE-A-2024-9174
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Segundo.