III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES. Convenios. (BOE-A-2024-9260)
Resolución de 5 de mayo de 2024, de la Subsecretaría, por la que se publica la Adenda de modificación y prórroga del Convenio entre la Agencia Estatal de Investigación y el Organismo Autónomo Parques Nacionales, para la evaluación científico-técnica de las convocatorias de ayudas a la investigación en materias relacionadas con la Red de Parques Nacionales.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 112

Miércoles 8 de mayo de 2024

Sec. III. Pág. 51949

Ambas partes, en la calidad en que intervienen en este acto, se reconocen
recíprocamente capacidad legal y legitimación para obligarse y otorgar la presente
adenda, a cuyo efecto
EXPONEN
Primero.
Que con fecha 18 de abril de 2020 se suscribió el convenio entre la Agencia Estatal
de Investigación y el Organismo Autónomo Parques Nacionales, para la evaluación
científico-técnica de las convocatorias de ayudas a la investigación en materias
relacionadas con la Red de Parques Nacionales, habiendo sido inscrito en el Registro
Electrónico estatal de Órganos e instrumentos de Cooperación del sector público estatal
con fecha 20 de abril de 2020 y publicado en el «Boletín Oficial del Estado» con fecha 5
de junio de 2020.
La duración del convenio se estableció por cuatro años, finalizando, por tanto, su
vigencia el 4 de junio de 2024.
Segundo.
Que la cláusula cuarta del convenio recoge la posibilidad de su prórroga, de manera
expresa, sin que el total de éstas puedan superar la duración inicial del convenio.
Tercero.
Que durante el tiempo transcurrido desde la firma del convenio se ha producido la
modificación de las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para la
realización de proyectos de investigación científica en la Red de Parques Nacionales, por
lo que procede recoger dicho cambio teniendo en cuenta la posibilidad de modificación
del convenio mediante acuerdo unánime de los firmantes previsto en su cláusula sexta.
Cuarto.
Que, asimismo, las partes consideran necesario incorporar una cláusula relativa al
tratamiento de datos de carácter personal.
Quinto.
Que las partes manifiestan su satisfacción con la colaboración desarrollada,
considerando necesario modificar y prorrogar el convenio suscrito.
Por todo lo expuesto, ambas partes suscriben la presente adenda al convenio, al
amparo de lo establecido en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del
Sector Público y de acuerdo con las siguientes
CLÁUSULAS

Uno. Sustitución de las referencias de la orden que establece las bases
reguladoras de la subvención.
Se sustituyen en el convenio las referencias a la «Orden ARM/1498/2009, de 21 de
mayo, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de
subvenciones para la realización de proyectos de investigación científica en la Red de
Parques Nacionales» por la «Orden TED/932/2023, de 21 de julio, por la que se
establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para la realización
de proyectos de investigación científica en la Red de Parques Nacionales».

cve: BOE-A-2024-9260
Verificable en https://www.boe.es

Primera. Modificación del convenio.