II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE DEFENSA. Cuerpos y escalas de las Fuerzas Armadas. (BOE-A-2024-9190)
Resolución 452/38154/2024, de 7 de mayo, de la Subsecretaría, por la que se convocan los procesos de selección para el ingreso en los centros docentes militares de formación, mediante las formas de ingreso directo y promoción, para la incorporación como militar de carrera o la adscripción como militar de complemento a las escalas de oficiales de los Cuerpos de Intendencia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 112

Miércoles 8 de mayo de 2024

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reconocimientos efectuados, deba incorporarse al centro docente militar de formación
para su nombramiento como alumno o alumna.
Para solicitar la convalidación de créditos mencionada en el párrafo anterior, la
persona interesada deberá dirigir una instancia por conducto reglamentario, debiendo
adelantarla por FAX o correo electrónico, a:
a)

Ejército de Tierra:

Director de Enseñanza, Instrucción, Adiestramiento y Evaluación.
Academia General Militar-Zaragoza.
E-mail: SEGUNDO_NEGOCIADO_AGM@mde.es.
b)

Armada:

Director de la Escuela Naval Militar.
Escuela Naval Militar-Marín (Pontevedra).
FAX: 986 804 719-RPV: 824 4719/Tlf.: 986 804 756-RPV: 824 4756.
enm_comunicacion@mde.es
c)

Ejército del Aire y del Espacio:

Director de la Academia General del Aire y del Espacio.
Academia General del Aire y del Espacio-Santiago de la Ribera (Murcia).
FAX: 968 189 503-RPV: 834 2503.
Si alguna de las personas propuestas no efectuara su presentación en la fecha
indicada, sin justificar debidamente la causa de su ausencia, se entenderá que renuncia
a la plaza asignada.
Para efectuar su presentación en el centro docente militar de formación, al personal
de procedencia militar le será proporcionado un título de viaje por su UCO de destino o
dependencia. Datos Administrativos:

Al hacer su presentación, aquellos que previamente no tuvieran la condición militar
firmarán un documento de incorporación a las Fuerzas Armadas, y serán posteriormente
nombrados alumnos y alumnas por el Director del centro docente militar de formación
correspondiente, adquiriendo tal condición y extinguiéndose, respecto de ellos, todos los
derechos derivados de este proceso de selección.
Los nombrados alumnos y alumnas que previamente tuvieran un empleo militar
cesarán en su destino de origen, en la fecha de presentación, siendo destinados con
carácter forzoso al centro docente militar de formación correspondiente, conservando los
derechos administrativos inherentes al empleo militar que tuvieran. Al ingresar en dichos
centros, permanecerán o pasarán a la situación de servicio activo. Al acceder o
adscribirse a una nueva escala causarán baja en la de origen, con la consiguiente
pérdida del empleo que tuvieran en la escala anterior, pero manteniendo los derechos
derivados del tiempo de servicio que tuvieran cumplido. La incorporación a un cuerpo
diferente pero de una escala del mismo nivel se hará conservando el empleo y el tiempo
de servicios cumplido en la escala de origen.
Los Directores de Enseñanza publicarán en el «Boletín Oficial del Ministerio de
Defensa» la lista de las personas nombradas alumnos y alumnas.

cve: BOE-A-2024-9190
Verificable en https://www.boe.es

a) Ejército de Tierra: les será de aplicación la indemnización por traslado del
artículo 23.1 del Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo. Unidad autorizadora: DIPE
(ETM 321000. Código de actividad: indemnización por traslado.
b) Armada: código de operación PZZ055. N.º CIS cargo cupo ALPER
Cursos 850.001/24.
c) Ejército del Aire y del Espacio: será de aplicación la indemnización por traslado
del artículo 23.1 del Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo y se tramitará según
corresponda desde sus UCO de origen.