II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE DEFENSA. Cuerpos y escalas de las Fuerzas Armadas. (BOE-A-2024-9190)
Resolución 452/38154/2024, de 7 de mayo, de la Subsecretaría, por la que se convocan los procesos de selección para el ingreso en los centros docentes militares de formación, mediante las formas de ingreso directo y promoción, para la incorporación como militar de carrera o la adscripción como militar de complemento a las escalas de oficiales de los Cuerpos de Intendencia.
66 páginas totales
Página
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 112

Miércoles 8 de mayo de 2024

Sec. II.B. Pág. 51809

instancia por escrito al Director General de Reclutamiento y Enseñanza Militar,
consignando su nombre, apellidos y NIF, resolución de las convocatorias cuyo
apéndice 3 se modifica, lugar, fecha y firma, junto con el nuevo ejemplar de dicho
documento.
En el caso de que la persona interesada tenga derecho a obtener plaza en varios
procesos de selección y haya declarado diferentes preferencias de ingreso en distintos
apéndices 3, tendrá validez el orden de preferencia manifestado en el ejemplar
presentado en el último proceso de selección en el que haya solicitado participar.
1.4

Titulación exigida.

La Secretaría de Procesos de Selección de la Subdirección General de
Reclutamiento y Desarrollo Profesional de Personal Militar y Reservistas de Especial
Disponibilidad consultará, a través de la plataforma de intermediación, los títulos
universitarios inscritos en el registro del Ministerio de Educación y Formación Profesional
que posee la persona interesada en la fecha en que finalice el plazo de presentación de
solicitudes.
Si se opone a dicha consulta, deberá aportar copia auténtica del documento original
oficial y definitivo que acredite la titulación exigida, o documento que acredite haber
cumplido los trámites legales para su expedición (pago de tasas de expedición del título).
El sello o la acreditación de las copias expresará la fecha en que se practicó, así como la
identificación del órgano y de la persona que las expide.
En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, se deberá acreditar su
homologación a titulación oficial y definitiva, no aceptando procedimientos pendientes de
resolución, obtenida esta mediante credencial expedida por la Secretaría General de
Universidades, conforme a lo dispuesto en el Real Decreto 889/2022, de 19 de octubre,
o conforme a los procedimientos de homologación de la normativa previa al citado real
decreto.
1.5

Requisitos adicionales.

– Certificado del resultado de las pruebas analíticas de detección de consumo de
sustancias psicotrópicas.
Plazo de presentación: dentro del plazo establecido en la base tercera.
Deberán aportar el certificado del Jefe de UCO de destino o dependencia
(apéndice 4) en soporte digital, según establece el apartado 1.1.3 de esta base, con el
resultado de las pruebas analíticas de detección de consumo de sustancias psicotrópicas
o drogas realizadas dentro del período de un año inmediatamente anterior a la fecha
límite de presentación de solicitudes, según lo establecido en el III Plan de General de
Prevención de Drogas en las Fuerzas Armadas (III PGPDFAS), de 14 de julio de 2020
(BOD número 147, de 23 de julio).
– La Secretaría de procesos comprobará, a través del Sistema de Información de
Personal de Defensa (SIPERDEF) si tiene anotadas, con carácter firme en vía
administrativa, sanciones disciplinarias por faltas graves o muy graves.
– Informe Personal de Calificación (IPEC): se cumplimentará lo dispuesto en la base
octava «Fase de Concurso».
1.6

Méritos a valorar en la fase de concurso.

Plazo de presentación: desde el inicio del plazo establecido en la base tercera hasta
la fecha de comienzo de la primera prueba.
Solamente se valorarán aquellos méritos debidamente justificados que se posean en
la fecha en que finaliza el plazo de presentación de solicitudes. Para la justificación de
los méritos sólo se admitirán documentos originales o copias auténticas (electrónicas o

cve: BOE-A-2024-9190
Verificable en https://www.boe.es

Además de lo anterior, los militares profesionales deberán tener en cuenta lo
siguiente: