II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE DEFENSA. Cuerpos y escalas de las Fuerzas Armadas. (BOE-A-2024-9189)
Resolución 452/38153/2024, de 7 de mayo, de la Subsecretaría, por la que se convocan los procesos de selección para el ingreso en los centros docentes militares de formación, mediante las formas de ingreso directo y promoción, para la integración como militar de carrera en los cuerpos comunes de las Fuerzas Armadas.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 112

Miércoles 8 de mayo de 2024

Sec. II.B. Pág. 51779

APÉNDICE 2
Instrucciones para la liquidación de tasas de derechos de examen
Recuerde: la inscripción en el proceso de selección se hace mediante la solicitud de
admisión del apéndice 1. No es válida la inscripción mediante la plataforma de IPS.
En ningún caso la presentación del modelo 790, el abono de la tasa o el registro
electrónico obtenido a través de esta plataforma supondrá la sustitución del trámite de
presentación, en tiempo y forma, de la solicitud de admisión a través de la Sede
Electrónica del Ministerio de Defensa que se establece en el punto 1.1.de la base común
cuarta. El modelo 790 no es la solicitud de admisión a los procesos de selección, sino
que complementa a ésta al justificar el abono de los derechos de examen.
1.

Instrucciones generales

El acceso a la plataforma de inscripción puede hacerse desde la desde la propia
solicitud (https://sede.defensa.gob.es/acceda -Procedimientos, Procesos Selectivos-) o,
directamente, a través de la dirección (https://ips.redsara.es).
En dicha plataforma se presenta la lista de Pruebas Selectivas cuyo plazo de
inscripción está abierto. Una vez localizado el proceso en el que se quiere participar, la
persona interesada puede pulsar el enlace «Inscribirse» que aparece a la derecha para
seleccionar dicha Prueba Selectiva, pudiendo abonar las tasas por alguna de las
siguientes vías:
Por vía electrónica:

Pulsando sobre el botón de «Ciudadano», deberá elegir el método de identificación.
Una vez identificado, debe rellenar el formulario de solicitud, asegurándose de
cumplimentar únicamente los campos obligatorios, marcados con un asterisco (*). No
deberá adjuntar ningún documento en esta plataforma (si desea adjuntar documentos,
deberá hacerlo sobre la solicitud de admisión descrito en el apéndice 1).
En caso de exención o reducción del pago, se deberá seleccionar el motivo
correspondiente. Si se selecciona «Familia Numerosa Especial» o «Familia Numerosa
General» se habilita un campo nuevo opcional de Comunidad Autónoma. En el caso de
tratarse de la Comunidad Autónoma de Castilla y León, también se habilita un campo
para incluir el número de título de familia numerosa, obligatorio para esta comunidad.
Una vez completada y validada la información requerida del formulario, deberá pulsar
sobre el check «He leído las condiciones y manifiesto la voluntad de firmar digitalmente y
presentar la solicitud» y el botón ‘Firmar y Enviar inscripción’ situado en la esquina
inferior derecha del formulario.
Se mostrará una pantalla de progreso donde se da confirmación de cada uno de los
pasos a seguir. Se dará por completado el trámite una vez que se muestren los
justificantes del pago y registro de la inscripción. Este justificante de registro que se
obtiene en esta plataforma no sustituye, en ningún caso, a la solicitud de admisión a
través de la Sede Electrónica del Ministerio de Defensa que se establece en el
punto 1.1.1 de la base común cuarta y en el apéndice 1.
El cargo en la cuenta de la tasa de derecho a examen se realiza a través del servicio
de Pasarela Pagos de la AEAT. Si el pago se realiza correctamente, la pasarela
devolverá el justificante correspondiente con un identificador del pago (NRC). Los
horarios de disponibilidad de la pasarela de la AEAT se pueden consultar en:
https://www2.agenciatributaria.gob.es/static_files/common/internet/dep/
aplicaciones/ov/pago007h.html
El pago electrónico de la tasa de derechos de examen se realizará en los términos
previstos en la Orden HAC/729/2003, de 28 de marzo (BOE número 79 de 2 de abril),
por la que se establecen los supuestos y las condiciones generales para el pago por vía

cve: BOE-A-2024-9189
Verificable en https://www.boe.es

a)