II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE DEFENSA. Cuerpos y escalas de las Fuerzas Armadas. (BOE-A-2024-9188)
Resolución 452/38152/2024, de 7 de mayo, de la Subsecretaría, por la que se convocan los procesos de selección para el ingreso en los centros docentes militares de formación, mediante las formas de ingreso directo y promoción, para la incorporación como militar de carrera o la adscripción como militar de complemento a las escalas de oficiales y escalas técnicas de los Cuerpos de Ingenieros.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 112

Miércoles 8 de mayo de 2024

Sec. II.B. Pág. 51691

a) Titulación universitaria exigida en la correspondiente convocatoria de entre las
que figuran para los cuerpos de ingenieros en el anexo II del Reglamento de ingreso y
promoción y de ordenación de la enseñanza de formación en las Fuerzas Armadas o las
que determina, también para los cuerpos de ingenieros, la Orden DEF/462/2022, de 20
de mayo, sobre titulaciones requeridas para ingresar en los centros docentes militares de
formación para el acceso a las diferentes escalas de oficiales y suboficiales de las
Fuerzas Armadas. Los títulos deberán tener carácter oficial y validez en todo el territorio
nacional, según el Registro de universidades, centros y títulos.
A tal efecto, a los aspirantes que opten a plazas que presenten requisito específico
de titulación se les aplicará coeficiente 1,8.
Para los procesos de promoción, la Dirección General de Reclutamiento y
Enseñanza Militar solicitará directamente a los órganos competentes de la Dirección
General de Personal, Mando o Jefatura de Personal correspondiente la nota global de
las calificaciones de los dos últimos años o, en su defecto, de las dos últimas
calificaciones disponibles de los Informes Personales de Calificación (IPEC). Si por
razones justificadas solamente se dispusiera de una calificación, se tomará la nota global
de ésta.
Así mismo si la persona interesada no dispusiera de ningún IPEC, se procederá a
cumplimentar uno con carácter extraordinario, siendo la fecha de cierre del citado IPEC
la de la publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado». Una vez
cumplimentado, dicho IPEC se tramitará al Mando o Jefatura de Personal respectivo de
forma urgente siguiendo el procedimiento establecido en su normativa particular.
Para la valoración de los idiomas, se tendrá en cuenta lo dispuesto en el Real
Decreto 1041/2017, de 22 de diciembre, y en la Instrucción 60/2022 de 18 de noviembre
de la Subsecretaría de Defensa. Solo serán válidos los certificados incluidos en dicha
Instrucción.
En relación al anexo II de la Orden DEF 420/2020, para la valoración del
apartado 2.d) méritos académicos, idioma inglés, se valorarán los certificados
acreditativos de los niveles equivalentes a los SLP establecidos y sólo por una vez.
Los resultados provisionales de la fase de concurso serán publicados en la página
web https://reclutamiento.defensa.gob.es/proceso-acceso/, para conocimiento de las
personas aspirantes, dando un plazo para interponer alegaciones de tres (3) días
naturales contados a partir del día siguiente al que se hayan hecho públicos los
resultados. Las alegaciones deberán ser remitidas al Presidente del Órgano de
Selección. Resueltas las alegaciones, se publicará el resultado final de la fase de
concurso.
Novena.

Fase de oposición.

La fase de oposición se regirá por lo que marca la norma quinta de la Orden
DEF/420/2020, de 14 de mayo, por la que se aprueban las normas por las que han de
regirse los procesos de selección para el ingreso en los centros docentes militares de
formación para la incorporación o adscripción a las escalas de oficiales y a las escalas

cve: BOE-A-2024-9188
Verificable en https://www.boe.es

Las asignaturas o los estudios superados se valorarán una sola vez y no serán
consideradas por el Órgano de Selección las convalidaciones de los mismos estudios en
otros centros de enseñanza.
Cuando la persona aspirante presente la acreditación de titulación sin las
calificaciones numéricas obtenidas, se considerará la calificación de aprobado,
valorándose con 5.
Para la baremación de las prioridades establecidas para las diferentes titulaciones en
los anexos I y II de esta convocatoria, se usarán los valores multiplicadores de los
apartados 2.a) de los anexos I y II de la Orden DEF/420/2020. De acuerdo con lo
establecido en la disposición final tercera de dicha orden, se modifican los apartados 2.a)
de los anexos I y II, para leerse como sigue: