III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INDUSTRIA Y TURISMO. Convenios. (BOE-A-2024-9305)
Resolución de 29 de abril de 2024, del Instituto de Turismo de España, por la que se publica el Convenio con la aerolínea United Airlines Inc., para el desarrollo de acciones conjuntas de marketing en el marco de la ruta Newark Málaga.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 112

Miércoles 8 de mayo de 2024

Sec. III. Pág. 52142

MODELO DE ACTA DE ADHESIÓN AL CONVENIO ENTRE EL INSTITUTO
DE TURISMO DE ESPAÑA O.A. (TURESPAÑA) Y LA AEROLÍNEA […]
PARA EL DESARROLLO DE ACCIONES CONJUNTAS DE MARKETING
REUNIDOS
De una parte:
De un lado, el Instituto de Turismo de España, O.A. (en adelante, Turespaña), con
domicilio en Madrid, calle Poeta Joan Maragall, 41, actúa por delegación de firma
efectuada mediante resolución de 26 de agosto de 2020, don/doña […], nombrado/a en
virtud de […] Consejero/a de Turismo en […] previa autorización del Director General del
Instituto de Turismo de España (Turespaña), […], nombrado en virtud del Real Decreto
[…/…], de […] de […], que actúa por delegación de competencias efectuada mediante
Resolución de […], de la Presidencia del Instituto de Turismo de España, O.A., «Boletín
Oficial del Estado» núm. […] de […].
Y, […] (en adelante, […]), con domicilio social en […], con NIF […], representada en
este acto por […], que actúa jurídicamente con las facultades que le otorga [Escritura,
poder, etc.], bastantes para este acto.
Y de otra:
[…] (en adelante, […]), con domicilio social en […], con NIF […], representada en
este acto por […], que actúa jurídicamente con las facultades que le otorga [Escritura,
poder, etc.], bastantes para este acto.
EXPONEN
Que teniendo la entidad […] pleno conocimiento del contenido, alcance y objetivos
del convenio, ésta coincide con las partes firmantes en la necesidad de desarrollar
acciones conjuntas de promoción del destino España en el mercado […], así como el
fortalecimiento del posicionamiento de los destinos, productos y experiencias turísticas
de España, y
ACUERDAN

– realizar una aportación económica de entre 50.000-250.000 USD, que se suma a
las estipuladas en la cláusula tercera del convenio;
– poner a disposición del proyecto los medios humanos y materiales necesarios para
que se puedan desarrollar las actuaciones previstas en la cláusula segunda, en el ámbito
de las competencias de cada parte;
– identificar conjuntamente los proyectos concretos a llevar a cabo en desarrollo del
presente convenio, de acuerdo al plan de medios;
– realizar la ejecución material de las actuaciones previstas en el plan de medios,
siempre y cuando exista crédito adecuado y suficiente;
– realizar el seguimiento y evaluación de los proyectos en el marco del presente
convenio e informar a la Comisión de Seguimiento;
– realizar cuantas acciones resulten precisas para la correcta y completa ejecución
de las actuaciones previstas en este convenio.

cve: BOE-A-2024-9305
Verificable en https://www.boe.es

Que la entidad […] se adhiere en todos sus términos al convenio y que como Parte
integrante del mismo y de la Comisión Mixta de Seguimiento se obliga a: