II. Autoridades y personal. - A. Nombramientos, situaciones e incidencias. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANARIAS. Destinos. (BOE-A-2024-9177)
Resolución de 25 de abril de 2024, de la Dirección General de Relaciones con la Administración de Justicia de la Consejería de Administraciones Públicas, Justicia y Seguridad, por la que se otorga destino al personal funcionario del Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia, turno promoción interna, que superó el proceso selectivo convocado por Orden JUS/241/2022, de 24 de marzo.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 112

Miércoles 8 de mayo de 2024

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II. AUTORIDADES Y PERSONAL
A. Nombramientos, situaciones e incidencias

COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANARIAS
9177

Resolución de 25 de abril de 2024, de la Dirección General de Relaciones
con la Administración de Justicia de la Consejería de Administraciones
Públicas, Justicia y Seguridad, por la que se otorga destino al personal
funcionario del Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa de la
Administración de Justicia, turno promoción interna, que superó el proceso
selectivo convocado por Orden JUS/241/2022, de 24 de marzo.

Esta Dirección General, de conformidad con lo establecido en los artículos 28 y 29
del Real Decreto 1451/2005, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de
Ingreso, Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional del Personal
funcionario al servicio de la Administración de Justicia ha resuelto adjudicar destinos en
los órganos judiciales y fiscales que se relacionan en anexo I al personal funcionario del
Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa (turno promoción interna), nombrados
funcionarios/as de carrera del Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa por
Resolución de 25 de abril de 2024 teniendo en cuenta lo siguiente:
Primero.
Al personal funcionario del Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa, al que se
le otorga destino en esta resolución, deberá tomar posesión de su cargo ante el
responsable del órgano judicial o fiscal de destino dentro del plazo de veinte días
hábiles contados desde el siguiente al de la publicación de esta Orden en el «Boletín
Oficial del Estado», de acuerdo con lo establecido en el artículo 29 del citado Real
Decreto, y en el artículo 30 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, para lo cual deberán obrar
con suficiente antelación en dichos órganos judiciales los documentos F1R, que
habrán sido remitidos, por cuadruplicado ejemplar, previamente por la Gerencia
Territorial que corresponda.

Al personal funcionario destinados en virtud de esta resolución y que opte por
continuar en activo en el Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa, no será
necesario que se desplace a tomar posesión al puesto de trabajo adjudicado, bastando
con que dentro del plazo de toma de posesión señalado en el apartado primero,
comunique, en su caso, a la Gerencia Territorial correspondiente o al órgano competente
de las Comunidades Autónomas con traspasos recibidos, dicha opción, a los efectos de
declaración de excedencia voluntaria prevista en el artículo 506 d) de la Ley
Orgánica 6/1985, de 1 de julio del Poder Judicial. Copia de la resolución por la que se le
declara en situación de excedencia voluntaria será remitida al Registro Central de
Personal de la Subdirección General de acceso y promoción del personal al servicio de
la Administración de Justicia.
Tercero.
En caso de que el personal funcionario optare por ingresar en el Cuerpo de Gestión
Procesal y Administrativa y quisiera evitar un vacío en la continuidad de sus servicios en
la Administración de Justicia, dada la necesidad de contar con el tiempo indispensable

cve: BOE-A-2024-9177
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Segundo.