II. Autoridades y personal. - A. Nombramientos, situaciones e incidencias. COMUNIDAD AUTÓNOMA DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS. Destinos. (BOE-A-2024-9173)
Resolución de 25 de abril de 2024, de la Consejería de Hacienda y Fondos Europeos, por la que se otorga destino al personal funcionario del Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia, turno promoción interna, que superó el proceso selectivo convocado por Orden JUS/241/2022, de 24 de marzo.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 112

Miércoles 8 de mayo de 2024

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II. AUTORIDADES Y PERSONAL
A. Nombramientos, situaciones e incidencias

COMUNIDAD AUTÓNOMA DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS
9173

Resolución de 25 de abril de 2024, de la Consejería de Hacienda y Fondos
Europeos, por la que se otorga destino al personal funcionario del Cuerpo de
Gestión Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia, turno
promoción interna, que superó el proceso selectivo convocado por Orden
JUS/241/2022, de 24 de marzo.

De conformidad con lo establecido en los artículos 28 y 29 del Real
Decreto 1451/2005, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Ingreso,
Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional del Personal funcionario al
servicio de la Administración de Justicia ha resuelto adjudicar destinos en los órganos
judiciales y fiscales que se relacionan en anexo I al personal funcionario del Cuerpo de
Gestión Procesal y Administrativa (turno promoción interna), nombrados funcionarios/as
de carrera del Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa por Orden de 25 de abril
de 2024 teniendo en cuenta lo siguiente:
Primero.
Al personal funcionario del Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa, al que se le
otorga destino, deberá tomar posesión de su cargo en la Viceconsejería de Justicia del
Principado de Asturias, dentro del plazo de veinte días hábiles contados desde el
siguiente al de la publicación de esta resolución en el «Boletín Oficial del Estado», de
acuerdo con lo establecido en el artículo 29 del citado real decreto, y en el artículo 30 de
la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas.
Segundo.
Al personal funcionario destinado en virtud de esta resolución y que opte por
continuar en activo en el Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa, no será
necesario que se desplace a tomar posesión al puesto de trabajo adjudicado, bastando
con que dentro del plazo de toma de posesión señalado en el apartado primero,
comunique, en su caso, a la Viceconsejería de Justicia del Principado de Asturias, dicha
opción, a los efectos de declaración de excedencia voluntaria prevista en el
artículo 506.d) de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio del Poder Judicial. Copia de la
resolución por la que se le declara en situación de excedencia voluntaria será remitida al
Registro Central de Personal de la Subdirección General de acceso y promoción del
personal al servicio de la Administración de Justicia.

En caso de que el personal funcionario optare por ingresar en el Cuerpo de Gestión
Procesal y Administrativa y quisiera evitar un vacío en la continuidad de sus servicios en
la Administración de Justicia, dada la necesidad de contar con el tiempo indispensable
para efectuar la toma de posesión, podrá solicitar de la Gerencia Territorial
correspondiente a su destino como funcionario/a del Cuerpo de Tramitación Procesal y
Administrativa, un permiso retribuido de un día si no hay cambio de localidad, o de dos
en caso contrario, salvo aquellos que hayan de desplazarse desde Canarias, Baleares,
Ceuta o Melilla, en cuyo caso el permiso podrá ser de hasta tres días para posesionarse

cve: BOE-A-2024-9173
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Tercero.