III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES. Fundaciones. (BOE-A-2024-9271)
Resolución de 2 de febrero de 2024, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones la Fundación FBS para el Estudio de la Huella Histórica de la Fotografía Esteroscópica, como Ciencia y Arte.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 112

Miércoles 8 de mayo de 2024

Sec. III. Pág. 51974

Llamas, don Rafael Bernis I Biarnés, don Esteban Hernando Martínez y la sociedad
«KLUMPCOL SL» que nombra persona física representante a doña Leticia Egido Díaz.
Cargos:
Presidente: doña María-Yolanda Fernández-Barredo Sevilla.
Vicepresidente: don Juan-José Sánchez García.
Vicepresidente: don Luis Egido Valtueña.
Tesorero: doña Marta Hernández Ibáñez.
Secretario no Patrono: don Arturo Canalda González.
Vocales: don Manuel Piñeiro Souto, don Santiago Sáenz Samaniego, don José
Antonio Hernández Latas, doña María Soraya Casado Muñoz, don Ángel Pablo Escorial
Pinela, doña María Concepción Castrillo Llamas, don Rafael Bernis I Biarnés, don
Esteban Hernando Martínez y la sociedad «KLUMPCOL SL» que nombra persona física
representante a doña Leticia Egido Diaz.
Consta la aceptación de los cargos indicados por parte de las personas anteriormente
citadas.
Fundamentos de Derecho
Primero.
Resultan de aplicación para la resolución del expediente:
El artículo 34 de la Constitución Española, que reconoce el derecho de fundación
para fines de interés general.
La Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones.
El Real Decreto 1337/2005, de 11 de noviembre, por el que se aprueba el
Reglamento de fundaciones de competencia estatal.
El Real Decreto 1611/2007, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento
del Registro de fundaciones de competencia estatal.
La Orden PRE/2537/2015, de 26 de noviembre, por la que se dispone la entrada en
funcionamiento y la sede del Registro de Fundaciones de Competencia Estatal y demás
disposiciones concordantes.
El Real Decreto 1066/2015, de 27 de noviembre, por el que se modifica el Real
Decreto 257/2012, de 27 de enero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica
del Ministerio de Educación, Cultura y deporte y se crea el Protectorado de las
Fundaciones de competencia estatal.
Segundo.

Tercero.
Según la Orden PRE/2537/2015, de 26 de noviembre, por la que se dispuso la
entrada en funcionamiento y la sede del Registro de Fundaciones de Competencia
Estatal se procede a la inscripción de la Fundación en este Registro de Fundaciones.

cve: BOE-A-2024-9271
Verificable en https://www.boe.es

Según los artículos 35.1 de la Ley de Fundaciones, el 43 del Reglamento
de fundaciones de competencia estatal y el 31.3 del Real Decreto 1611/2007, de 7 de
diciembre, por el que se aprueba el Reglamento del Registro de fundaciones
de competencia estatal, la inscripción de las fundaciones requerirá el informe favorable del
Protectorado en cuanto a la idoneidad de los fines y en cuanto a la adecuación y
suficiencia de la dotación, constando en el expediente informe favorable del Protectorado
de Fundaciones de fecha 22 de septiembre de 2023.