I. Disposiciones generales. MINISTERIO PARA LA TRANSFORMACIÓN DIGITAL Y DE LA FUNCIÓN PÚBLICA. Organización. (BOE-A-2024-9155)
Real Decreto 472/2024, de 7 de mayo, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 8 de mayo de 2024

Sec. I. Pág. 51568

Desarrollo Tecnológico y la Innovación (CDTI), cuya presidencia ostentará la persona
titular de la Secretaría General.
3. Se adscribe al Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades, a través de la
Secretaría General de Innovación, la Agencia Estatal «Agencia Espacial Española»,
cuya presidencia ostentará la persona titular del Ministerio de Ciencia, Innovación y
Universidades.
4. Dependerán de la Secretaría General de Innovación las siguientes unidades, con
nivel orgánico de subdirección general:
a) El Gabinete Técnico, como órgano de apoyo y asistencia inmediata a la
Secretaría General de Innovación.
b) La Subdirección General de Fomento de la Innovación, que ejercerá las
funciones señaladas en los párrafos e), f), g) y h) del apartado 1, así como las señaladas
en el párrafo c) en el ámbito de sus competencias.
c) La Subdirección General de Políticas de Innovación, que ejercerá las funciones
señaladas en los párrafos i), j), k), l), m), n) y ñ) del apartado 1, así como las señaladas
en el párrafo b) en el ámbito de sus competencias.
d) La Subdirección General de Política y Estrategia Aeroespacial, que ejercerá las
funciones recogidas en los párrafos o), p), q) y r) del apartado 1.
Artículo 6. El Comisionado del PERTE para la Salud de Vanguardia.
1. El Comisionado del PERTE para la Salud de Vanguardia, con rango de
Subsecretaría, bajo la dependencia directa de la persona titular de la Secretaría de
Estado de Ciencia, Innovación y Universidades, llevará a cabo las siguientes funciones,
sin perjuicio de las que correspondan a los departamentos ministeriales u organismos o
entidades del sector público vinculados, dependientes o adscritos a los mismos:
a) Promover, impulsar y divulgar las políticas y planes para mejorar la salud de la
población española a través de la ciencia, la innovación, el desarrollo tecnológico y la
digitalización, en el ámbito del PERTE para la salud de vanguardia, incluyendo tanto las
que corresponden a la Administración General del Estado en el ámbito de sus
competencias, como las que puedan resultar de la colaboración con las demás
administraciones públicas y con el sector privado en su respectivo ámbito de actuación.
b) Proponer y colaborar en el seguimiento de medidas de apoyo y asesoría a las
entidades, así como fomentar la colaboración público-privada para garantizar el acceso y
la ejecución de los proyectos vinculados con el PERTE para la salud de vanguardia, así
como estimular la inversión de fondos privados.
c) Bajo la coordinación de la Secretaría de Estado, y sin perjuicio de las
competencias orgánicamente atribuidas a otros departamentos o unidades, colaborar e
impulsar la interlocución internacional de España en el ámbito de estrategias, acciones e
iniciativas nacionales e internacionales vinculadas al PERTE para la salud de
vanguardia, especialmente en los ámbitos de la Medicina Personalizada, Terapias
Avanzadas, Ciencia de Datos en Salud y Digitalización.
d) Participar en los trabajos de las comisiones, grupos de trabajo y órganos
colegiados vinculados con el PERTE para la salud de vanguardia. La persona titular del
Comisionado ostentará la Vicepresidencia de la Alianza para la Salud de Vanguardia.
e) Informar periódicamente a los ministerios responsables del PERTE sobre el
desarrollo y resultado de la ejecución de los proyectos, o de cuantas propuestas
considere necesarias para el adecuado cumplimiento de la función encomendada.
f) Coordinar con la Secretaría de Estado de Ciencia, Innovación y Universidades las
actuaciones en relación con la salud de vanguardia resulten precisas para promover la
correcta ejecución de los fondos del Plan de Recuperación, Transformación y
Resiliencia, asignados en esta materia.

cve: BOE-A-2024-9155
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Núm. 112