I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE CIENCIA, INNOVACIÓN Y UNIVERSIDADES. Subvenciones. (BOE-A-2024-9154)
Real Decreto 471/2024, de 7 de mayo, por el que se regula la concesión directa de subvenciones al Instituto de España y a las Reales Academias y Academias de ámbito nacional.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 112

Miércoles 8 de mayo de 2024

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I. DISPOSICIONES GENERALES

MINISTERIO DE CIENCIA, INNOVACIÓN Y UNIVERSIDADES
Real Decreto 471/2024, de 7 de mayo, por el que se regula la concesión
directa de subvenciones al Instituto de España y a las Reales Academias y
Academias de ámbito nacional.

El artículo 22.2.c) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones,
así como el artículo 67 de su Reglamento, aprobado por el Real Decreto 887/2006, de 21
de julio, establecen que podrán concederse de forma directa y «con carácter
excepcional, aquellas otras subvenciones en que se acrediten razones de interés
público, social, económico o humanitario, u otras debidamente justificadas que dificulten
su convocatoria pública». De conformidad con lo previsto en el artículo 28.2 de la
Ley 38/2003, de 17 de noviembre, las normas especiales reguladoras de las
subvenciones previstas en el artículo 22.2.c) deberán ser aprobadas por real decreto, a
propuesta del Ministro competente y previo informe del Ministerio de Hacienda.
El Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades, creado a través del Real
Decreto 829/2023, de 20 de noviembre, por el que se reestructuran los departamentos
ministeriales, es el departamento de la Administración General del Estado encargado de
la propuesta y ejecución de la política del Gobierno en materia de ciencia, desarrollo
tecnológico e innovación en todos los sectores, y en materia de universidades y las
actividades que a estas les son propias.
De acuerdo con la disposición adicional séptima del aún vigente Real
Decreto 404/2020, de 25 de febrero, por el que se desarrolla la estructura orgánica
básica del Ministerio de Ciencia e Innovación, el Instituto de España, las Reales
Academias y las Academias de ámbito nacional se relacionan administrativamente con el
Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades.
Del adecuado funcionamiento de las mencionadas entidades se deduce un interés
público de indudable importancia, además de la consecución de diversos objetivos que
son propios del Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades: el desarrollo de la
cultura, la educación, el conocimiento y la investigación. Todo esto hace preciso que las
mismas cuenten en todo momento con los suficientes recursos humanos y materiales.
Por otro lado, se prevén cuatro aportaciones para proyectos de inversión, cuya concesión
por medio de convocatoria pública no sería posible en ningún caso debido a que el objetivo
es de forma específica la realización de los proyectos de inversión indicados. Por ello se
recurre a este procedimiento de concesión directa de subvenciones, que es excepcional por
razón del número muy limitado de supuestos al que se aplica.
Las Reales Academias participan, de forma particular, en el fomento de la
divulgación y de la cultura científica en español mediante, entre otras actuaciones, la
actualización y el mantenimiento de sus diccionarios científicos. En la actualidad, el
empleo de nuevas tecnologías de procesamiento del lenguaje y la digitalización ofrecen
mayores oportunidades de difusión de los diccionarios lingüísticos y materiales
didácticos relacionados con la ciencia y la tecnología en español, incrementan la
visibilidad social de la ciencia y de los trabajos de las propias academias y generan
oportunidades adicionales de desarrollo de contenidos y herramientas en la economía
del conocimiento. Por ello, varias Reales Academias han emprendido, como nueva línea
de actuación, un proceso de digitalización de sus diccionarios científicos.
La elaboración y el mantenimiento del Diccionario Biográfico Español es una función
esencial de la Real Academia de la Historia y como tal encomendada expresamente en
sus Estatutos, aprobados por el Real Decreto 39/2009, de 23 de enero, diccionario que
se configura como obra cumbre de la biografía y que cuenta, además, con una versión
electrónica.

cve: BOE-A-2024-9154
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