III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DERECHOS SOCIALES, CONSUMO Y AGENDA 2030. Convenios. (BOE-A-2024-9141)
Resolución de 29 de abril de 2024, de la Dirección General de Agenda 2030, por la que se publica la Adenda de prórroga del Convenio con la Federación Española de Municipios y Provincias, por el que se instrumenta la subvención nominativa en los Presupuestos Generales del Estado de 2023 para el fortalecimiento de la Red de Entidades Locales para la Agenda 2030.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 111

Martes 7 de mayo de 2024

Sec. III. Pág. 51435

Las partes, actuando con la representación que ostentan, se reconocen mutuamente,
y en virtud de las facultades que tienen conferidas
EXPONEN
Primero.
Que con fecha 9 de mayo de 2023 se suscribió el convenio entre la Secretaría de
Estado para la Agenda 2030 y la FEMP para instrumentar la subvención prevista
nominativamente en la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del
Estado para 2023 (BOE n.º 308 de 24 de diciembre de 2022) por importe de 600.000,00
euros para la realización de actuaciones de fortalecimiento de la Red de Entidades
Locales para la Agenda 2030 y con cargo a la aplicación presupuestaria 29.07.921Y.483
del presupuesto de gastos de la Secretaría de Estado para la Agenda 2030 para 2023.
Segundo.
Que el convenio tiene por objeto la financiación de actuaciones dirigidas a la
localización e implementación de los Objetivos de Desarrollo Sostenible de la
Agenda 2030 en el ámbito local, prestando especial atención al fortalecimiento de la Red
de Entidades Locales para la Agenda 2030, al desarrollo de recursos y generación de
conocimiento para la alineación de las políticas públicas de las Entidades Locales con
los Objetivos de Desarrollo Sostenible, así como a la visibilización y puesta en valor de la
acción local en la implementación de la Agenda 2030.
Tercero.
Que en la cláusula decimotercera del convenio se dispone un plazo de vigencia
desde la fecha de su firma y hasta la fecha en la que la FEMP finalice las actividades de
justificación señaladas en su cláusula octava, estipulando que la fecha de finalización de
las actividades previstas en la cláusula quinta del convenio será de doce meses a partir
de su firma.
Cuarto.

1. Actuaciones destinadas a la puesta en marcha de un programa formativo dirigido
a cargos electos, equipos técnicos responsables de la aplicación local de la
Agenda 2030 y a la formación de formadores para garantizar que las entidades que
conforman la Red de Entidades Locales para la Agenda 2030 cuentan con los
conocimientos necesarios para continuar haciendo de la Agenda 2030 la hoja de ruta en
las acciones implementadas desde la esfera local.
2. Actuaciones dirigidas a la elaboración de estudios o análisis con el objetivo de
impulsar y facilitar una interpretación y aplicación transformadora de la Agenda 2030 en
el ámbito local. En concreto, se financiará la realización de un estudio sobre el enfoque
de Coherencia de Políticas para el Desarrollo Sostenible (CPDS) a nivel local y cuya
finalización vendrá seguida de la organización de un taller que permita aportar las claves

cve: BOE-A-2024-9141
Verificable en https://www.boe.es

Que el desarrollo de algunas de las actuaciones previstas en la cláusula quinta del
convenio ha requerido articular un proceso de contratación externa que conlleva
licitaciones, las cuales requieren considerar y contemplar aspectos de mejora que
posibiliten una mayor calidad de éstas.
Por otro lado, en el diseño de las actuaciones del convenio se ha tenido en cuenta la
complementariedad y coordinación entre dichas actuaciones, de cara al establecimiento
de sinergias y para garantizar su máximo impacto. Por este motivo, hay actuaciones que,
en aras de la eficiencia resultaría más conveniente realizarlas una vez finalizadas otras.
Y que, por todo lo anterior, se requiere disponer de un mayor tiempo de ejecución del
previsto en el convenio para concluir las siguientes actuaciones: