II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Cuerpos docentes universitarios. (BOE-A-2024-9126)
Resolución de 29 de abril de 2024, conjunta de la Universidad Rovira i Virgili y el Instituto Catalán de la Salud, por la que se convoca concurso de acceso a plaza vinculada de cuerpos docentes universitarios.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 111

Martes 7 de mayo de 2024

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6.3 Asimismo, las personas aspirantes podrán recusar a los miembros de la
Comisión, o éstos abstenerse, cuando concurra alguna de las circunstancias previstas
en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las
administraciones públicas.
6.4 En el supuesto excepcional de que también el miembro suplente no pudiese
actuar, su substitución se hará por orden correlativo de nombramiento entre los
miembros suplentes que pertenezcan al mismo cuerpo docente. Si tampoco fuera
posible esta substitución, el Rector de esta Universidad procederá al nombramiento de
un nuevo titular y suplente conforme el procedimiento establecido en el Estatuto.
6.5 La comisión deberá resolver el concurso dentro de los cuatro meses siguientes
a la publicación de esta convocatoria. La constitución y funcionamiento de la misma,
estará vinculada a lo previsto en el Estatuto de la Universitat Rovira i Virgili y en la
normativa de concursos de acceso a plazas de profesorado funcionario de los cuerpos
Docentes Universitarios de la misma Universidad. Para ello el presidente o la presidenta
titular de la comisión convocará a los miembros titulares para proceder al acto de
constitución de la misma, fijando día, hora y lugar. En dicho acto, la comisión fijará los
criterios para la valoración del concurso y el correspondiente baremo y los hará públicos
antes del acto de presentación de las personas candidatas.
Los miembros de la comisión y las personas aspirantes al concurso de acceso
deberán ser convocados con una antelación mínima de diez días respecto a la fecha del
acto de presentación.
7.

Desarrollo del concurso y baremación

8. Propuesta de provisión y reclamaciones
8.1 Finalizada la prueba la comisión elaborará un informe razonado, que puede ser
individual o colectivo si la comisión así lo acuerda, sobre los méritos de las personas
candidatas, de acuerdo con los criterios de valoración establecidos e indicando la
puntuación conseguida por cada uno de los concursantes. La comisión propondrá al
Rector de forma motivada y con carácter vinculante, una relación de todas las personas

cve: BOE-A-2024-9126
Verificable en https://www.boe.es

7.1 El proceso de selección constará de dos fases que serán públicas: un acto de
presentación y una evaluación de la adecuación al perfil de la plaza convocada a
concurso y de la idoneidad de la persona candidata.
7.2 La baremación se ajustará a lo establecido por la Normativa de concursos de
acceso a plazas de profesorado funcionario de los cuerpos docentes universitarios.
7.3 En la primera fase, en el acto de presentación de las personas candidatas, se
informará de los criterios de valoración y baremo acordado, se sorteará el orden de
actuación de las diferentes personas candidatas y se les convocará para la realización
de la segunda fase del proceso de selección. En el mismo acto de presentación, los
concursantes entregan a la comisión su currículum académico, docente, investigador y
profesional, un ejemplar de sus publicaciones y los documentos acreditativos de los
hechos que constan en el currículum.
7.4 En la segunda fase se evalúa la adecuación de la persona candidata al perfil de
la plaza convocada, con la valoración de su currículum, de acuerdo con el baremo
aprobado por la comisión, en base a lo que establece la Normativa de concursos de
acceso a plazas de profesorado funcionario de los cuerpos docentes universitarios y con
la valoración de la exposición oral de la persona candidata sobre sus proyectos
académicos (proyecto docente y/o proyecto de investigación) en relación con las
necesidades de la Universidad, puestas de manifiesto en la convocatoria de la plaza,
seguida de un debate entre la comisión y la persona concursante. La exposición de la
persona candidata tendrá una duración máxima de una hora y la duración total de la
exposición y el debate no podrá exceder de dos horas y media.