III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2024-9131)
Resolución de 26 de abril de 2024, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registran y publican la revisión salarial para el año 2024 y las correspondientes tablas salariales del VIII Convenio colectivo nacional de universidades privadas, centros universitarios privados y centros de formación de postgraduados.
<< 3 << Página 3
Página 4 Pág. 4
-
4 páginas totales
Página
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 111

Martes 7 de mayo de 2024

Sec. III. Pág. 51382

Grupo II: Personal no docente
Salario base de subgrupo

Euros

Salario base de nivel

Euros

Plus dedicación sede

Euros

Retribución anual

Euros

Nivel I.

16.204,95

5.690,44

3.171,84

25.067,23

Nivel II.

16.204,95

1.656,26

3.171,84

21.033,06

Nivel I.

11.915,40

6.956,53

3.171,84

22.043,78

Nivel II.

11.915,40

5.061,84

3.171,84

20.149,09

Nivel III.

11.915,40

3.617,99

3.171,84

18.705,24

Nivel IV.

11.915,40

3.046,24

3.171,84

18.133,48

Nivel V.

12.441,09

2.002,10

3.171,84

17.615,03

Nivel VI.

13.317,22

1.016,73

3.171,84

17.505,79

9.257,12

5.030,44

3.171,84

17.459,40

Categoría

Subgrupo 1. Titulados:

Subgrupo 2. Personal de apoyo a la gestión:

Subgrupo 3:
Nivel único.

cve: BOE-A-2024-9131
Verificable en https://www.boe.es

Las personas trabajadoras a jornada completa en ningún caso percibirán un salario
inferior al Salario Mínimo Interprofesional vigente en cada momento.

https://www.boe.es

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X