III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSFORMACIÓN DIGITAL Y DE LA FUNCIÓN PÚBLICA. Comunidad de Madrid. Convenio. (BOE-A-2024-9144)
Resolución de 15 de abril de 2024, de la Entidad Pública Empresarial Red.es, M.P., por la que se publica el Convenio con la Fundación Once para la Cooperación e Inclusión Social de Personas con Discapacidad, la Universidad Carlos III de Madrid y el Observatorio de Impacto Social y Ético de la Inteligencia Artificial, para impulsar la implementación de la carta de derechos digitales en el ámbito de los derechos de igualdad en el mundo digital.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 7 de mayo de 2024

Sec. III. Pág. 51464

– La Universidad Carlos III de Madrid, en adelante UC3M, con domicilio en Getafe,
calle Madrid, 126, CP 28903 Madrid, y CIF Q2818029G, representada por don Ángel
Arias Hernández, en su calidad de Rector Magnífico de la Universidad Carlos III de
Madrid, nombrado por Decreto 40/2023, de 19 de abril, BOCM (21 de abril de 2023,
núm. 94), del Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid, de conformidad con las
facultades que tiene atribuidas por el artículo 50 de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de
marzo, del Sistema Universitario, y el artículo 47 de los Estatutos de la Universidad
Carlos III aprobados por Decreto 1/2003, de 9 de enero, del Consejo de Gobierno de la
Comunidad de Madrid, modificados por Decreto 95/2009, de 12 de noviembre.
– Observatorio de Impacto Social y Ético de la Inteligencia Artificial, en adelante
OdiseIA, con domicilio en Madrid, Paseo de Juan XXIII, 3, 28040 Madrid, y CIF G88555354,
representada por don Victor Richard Benjamins, Vicepresidente y apoderado.
Red.es y el Grupo de Entidades en adelante podrán denominarse, individualmente,
«la Parte» y, conjuntamente, «las Partes».
Todas las partes, en el concepto que concurren y reconociéndose competencia y
capacidad legal suficiente para obligarse por el presente convenio,
EXPONEN
I. Que Red.es es una Entidad Pública Empresarial, M.P., adscrita al Ministerio de
Transformación Digital y para la Función Pública, a través de la Secretaría de Estado de
Digitalización e Inteligencia Artificial, y tiene como función impulsar el fomento y
desarrollo de la sociedad de la información en España. Las funciones de Red.es le han
sido legalmente atribuidas en virtud de la norma prevista en la disposición adicional
decimosexta de la Ley 9/2014, de 9 de mayo, General de Telecomunicaciones. Red.es
tiene encomendado un papel esencial en la ejecución y despliegue de medidas
contempladas en la Agenda España Digital 2026 y en el Plan de Recuperación,
Transformación y Resiliencia del Gobierno de España.
II. Que el Observatorio Nacional de Tecnología y Sociedad (ONTSI) es un órgano
consultivo del gobierno adscrito estatutariamente a Red.es y cuya misión es el análisis
de la sociedad digital y el fomento del humanismo tecnológico. En este contexto, la
estrategia España Digital 2026 le encomienda al ONTSI el impulso de la implementación
de la Carta de Derechos Digitales.
III. Que, entre las líneas de actuación de Red.es, se encuentra la colaboración a través
del ONTSI con agentes públicos y privados para avanzar en la implementación de los
derechos digitales, así como en los compromisos adquiridos en la estrategia España Digital y
en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia en relación con los Derechos
Digitales.
IV. Que las corporaciones que conforman el Grupo de Entidades firmaron un
Acuerdo de Colaboración para participar en el desarrollo de los derechos y obligaciones
del presente convenio tras haber mostrado su interés en cooperar conjuntamente, a
través de la propuesta presentada a la Invitación General (C046/22-OT) cuya selección
quedó determinada por la Resolución de 27 de julio a dicha Invitación, si bien dicho
acuerdo de colaboración fue modificado, por la retirada y posterior sustitución de una de
las entidades del Grupo, sin afectar a la ejecución del proyecto planteada inicialmente.
V. Que, en el Acuerdo de Colaboración mencionado en el expositivo anterior, las
partes firmantes acordaron que las actuaciones derivadas de los compromisos
adquiridos para la ejecución del objeto del presente convenio serán coordinadas por la
Fundación ONCE, en virtud de su Acuerdo de Colaboración.
VI. Que el Grupo de Entidades propone desarrollar medidas legislativas y no
legislativas que fomenten la implementación de la Carta de Derechos Digitales en el
ámbito específico de la Igualdad en el Mundo Digital. Estas medidas se identificarán con
la participación activa del Grupo de Entidades, y sus organizaciones representantes. En
esta línea el Grupo de Entidades se encargará de impulsar la implementación de la Carta
de Derechos Digitales y participará activamente en la organización de grupos de trabajo,

cve: BOE-A-2024-9144
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Núm. 111