V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. MINISTERIO DE TRANSPORTES Y MOVILIDAD SOSTENIBLE. (BOE-B-2024-16411)
Extracto de la Orden Ministerial de 29 de abril de 2024 por la que se aprueba la tercera convocatoria de subvenciones en concurrencia no competitiva del Eco-incentivo para el impulso del transporte marítimo de mercancías basado en el mérito ambiental y socioeconómico, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia financiado por la Unión Europea - NextGenerationEU para el periodo de elegibilidad 2024-2025.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 111

Martes 7 de mayo de 2024

Sec. V-B. Pág. 24142

2022, de 30 de mayo.
Cuarto. Cuantía.
La cuantía total máxima de las subvenciones a conceder para la tercera
convocatoria será inicialmente de 20.000.000 de euros, sin perjuicio de la
posibilidad de ampliar la cuantía en función de los créditos disponibles, sin
necesidad de una nueva convocatoria, de acuerdo con lo establecido en el artículo
62.3 del Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre.
La convocatoria se aprueba por el sistema de tramitación anticipada con cargo
al ejercicio presupuestario 2025. De acuerdo con el artículo 64 del Real Decretoley 36/2020, de 30 de diciembre, se permite la tramitación anticipada sin crédito
disponible, con exclusión de la aplicación de los requisitos del artículo 56 del
Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones,
aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, siempre que se acredite que
se ha solicitado la modificación presupuestaria necesaria para la disposición del
crédito aplicable y la concesión de esta quede supeditada a la aprobación de dicha
modificación. En el caso de esta tercera convocatoria, la citada modificación de
elevación de límites de adquisición de compromisos de gasto con cargo al ejercicio
2025 se ha solicitado con fecha 25 de marzo de 2024. Por tanto, la concesión de
las ayudas queda supeditada a la aprobación de esta modificación.
Al mismo tiempo, de acuerdo con la Regla 43 de la Instrucción de Operatoria
Contable a seguir en la ejecución del gasto de la Administración General del
Estado, la concesión de la subvención quedará sometida a la condición suspensiva
de existencia de crédito adecuado y suficiente para financiar las obligaciones
derivadas de la concesión en el ejercicio correspondiente.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de solicitudes será desde el 1 de abril hasta
el 2 de junio de 2025.
Sexto. Otros datos
La solicitud deberá cumplimentarse a través de la sede electrónica del
Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible utilizando los formularios y
modelos específicos de documentos establecidos, que estarán disponibles para su
descarga en la misma.

El período de elegibilidad de las actividades subvencionables será desde el día
siguiente a la publicación del extracto de la presente convocatoria en el Boletín
Oficial del Estado hasta el 31 de marzo de 2025.
El pago de la subvención se llevará a cabo posteriormente al devengo de la
misma, en el ejercicio presupuestario en el que se haya realizado la solicitud.
El plazo máximo para resolver y publicar la resolución será de 6 meses

cve: BOE-B-2024-16411
Verificable en https://www.boe.es

La actividad subvencionable será el transporte internacional de mercancías por
carretera mediante la utilización de unidades elegibles que se realice total o
parcialmente por vía marítima entre puertos situados en el territorio de los Estados
miembros de la Unión Europea, en cualquiera de los servicios elegibles
establecidos en el anexo II de la convocatoria, y conforme a lo establecido en el
artículo 5 de las bases reguladoras.