III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN. Convenios. (BOE-A-2024-9081)
Resolución de 24 de abril de 2024, de la Dirección de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, por la que se publica el Convenio con el Centro de Estudios Internacionales, para la realización de prácticas académicas externas no remuneradas.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 110

Lunes 6 de mayo de 2024

Sec. III. Pág. 51043

l) Poner a disposición del Responsable toda la información necesaria para demostrar
el cumplimiento de sus obligaciones, así como para la realización de las auditorías o las
inspecciones que realicen el Responsable u otro auditor autorizado por él.
El Encargado mantendrá indemne al Responsable y asumirá toda responsabilidad en
relación a cualquier reclamación, coste pérdida, daño de terceros o responsabilidad
contraída por el Responsable que se derive directa o indirectamente del incumplimiento
por parte del Encargado de las obligaciones fijadas en esta cláusula o de las
disposiciones de la normativa aplicable.
Descripción del tratamiento autorizado
I.

Descripción del tratamiento y operaciones autorizadas.

El objeto del presente contrato implica el acceso de [parte que corresponda] (en
adelante, el «Encargado del tratamiento» o el «Encargado») a los datos de la AECID (en
adelante, el «Responsable del Tratamiento» o el «Responsable») que se señalan a
continuación.
El tratamiento se efectuará en [*los locales del Encargado/en las oficinas del
Responsable*] y consistirá en [*describir finalidad del tratamiento. Ejemplo de
finalidades: elaborar informes por cuenta de la AECID, realizar mantenimiento o soporte
técnico de aplicaciones, digitalizar documentación en soporte papel, destruir
documentación confidencial, prestar servicios de videovigilancia, prestar servicios de
alojamiento de bases de datos, etc.*].
Las operaciones de tratamiento [*Ejemplo de operaciones de tratamiento: Recogida/
Consulta/Modificación/Conservación/Consulta/Cotejo/Actualización/.
Interconexión de bases de datos/Depuración/Revisión/Destrucción, etc.*].
II. Registro de actividades del tratamiento.
La actividad de tratamiento afectada por el servicio es datos.personales.aecid@aecid.es.
III. Sujetos afectados y tipo de datos tratados.
Las categorías de sujetos afectados son: [*personas de contacto/personal de la AECID,
terceros, beneficiarios, ciudadanos, etc., en función de lo señalado en el RAT
correspondiente*].
Se tratarán los siguientes tipos de datos personales: [*datos identificativos/datos
financieros y bancarios /datos de contacto profesionales, etc. en función de lo señalado
en el RAT correspondiente*].
IV.

Subcontrataciones autorizadas.

Se han autorizado las siguientes subcontrataciones que implican acceso a datos
personales de la AECID:

V.

Transferencias internacionales de datos.

Se realizan transferencias internacionales de datos a los siguientes países no
pertenecientes al Espacio Económico Europeo.
[*identificar países*].

cve: BOE-A-2024-9081
Verificable en https://www.boe.es

[*señalar nombre completo de la empresa subcontratista*].
Cualquier otra subcontratación posterior a la firma de este contrato, deberá ser
notificada por escrito a la AECID.