II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE ECONOMÍA, COMERCIO Y EMPRESA. Cuerpo de Ingenieros Técnicos del SOIVRE. (BOE-A-2024-9047)
Resolución de 16 de abril de 2024, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre, en el Cuerpo de Ingenieros Técnicos del SOIVRE.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 110

Lunes 6 de mayo de 2024

Sec. II.B. Pág. 50947

9. Desarrollo del proceso selectivo
El orden de actuación de los aspirantes en la fase de oposición se iniciará
alfabéticamente por el primero de la letra «W», según lo establecido en la Resolución
de 27 de julio de 2023, de la Secretaria de Estado de Función Pública («Boletín Oficial
del Estado» del día 29 de julio), por la que se publica el resultado del sorteo a que se
refiere el Reglamento General de ingreso del personal al servicio de la Administración
del Estado.
En el supuesto de que no exista ningún aspirante cuyo primer apellido comience por
la letra «W», el orden de actuación se iniciará por aquellos cuyo primer apellido
comience por la letra «X», y así sucesivamente.
Toda la información que afecte a la presente convocatoria y al desarrollo del proceso
selectivo estará disponible en el Punto de Acceso General http://administracion.gob.es,
en la página web del Ministerio de Economía, Comercio y Empresa.
10.

Norma final

Contra la presente resolución podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso
de reposición ante la autoridad convocante en el plazo de un mes desde su publicación o
bien recurso contencioso administrativo, en el plazo de dos meses desde su publicación,
ante la Sala de lo Contencioso Administrativo de los Tribunales Superiores de Justicia,
de conformidad con lo dispuesto en la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas y en la Ley 29/1998, de 13 de
julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, significándose que, en
caso de interponer recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contenciosoadministrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido la
desestimación presunta del mismo.
Asimismo, la Administración podrá, en su caso, proceder a la revisión de las
resoluciones del Tribunal, conforme a lo previsto en la citada Ley 39/2015 de 1 de
octubre.
Madrid, 16 de abril de 2024.–La Subsecretaria de Economía, Comercio y Empresa,
Amparo López Senovilla.
ANEXO I
Descripción del proceso selectivo
I. Desarrollo y valoración del proceso selectivo
El proceso selectivo constará de las siguientes fases:
A) Oposición.
B) Curso selectivo.
I.A Fase de oposición
Ejercicios:

La oposición estará formada por los cuatro ejercicios que de describen a
continuación. Todos los ejercicios son eliminatorios, excepto la parte voluntaria del
ejercicio de idiomas.
Con el fin de respetar los principios de publicidad, transparencia, objetividad y
seguridad jurídica que deben regir el acceso al empleo público, el órgano de selección
deberá publicar, con anterioridad a la realización de las correspondientes pruebas, los
criterios de corrección, valoración y superación de las mismas que no estén
expresamente establecidos en las bases de esta convocatoria.

cve: BOE-A-2024-9047
Verificable en https://www.boe.es

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