III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2024-8960)
Resolución de 22 de abril de 2024, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se desestima la solicitud de Proyecto Fotovoltaico Santiponce, SL, de autorización administrativa previa del parque solar fotovoltaico "IFV Mezquita", de 105 MWp, y de su infraestructura de evacuación, en la provincia de Granada.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 108

Viernes 3 de mayo de 2024

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III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA
Y EL RETO DEMOGRÁFICO
8960

Resolución de 22 de abril de 2024, de la Dirección General de Política
Energética y Minas, por la que se desestima la solicitud de Proyecto
Fotovoltaico Santiponce, SL, de autorización administrativa previa del parque
solar fotovoltaico «IFV Mezquita», de 105 MWp, y de su infraestructura de
evacuación, en la provincia de Granada.

De acuerdo con lo establecido en el artículo 53 de la Ley 24/2013, de 26 de
diciembre, del Sector Eléctrico y en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el
que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y
procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, el Director General
de Política Energética y Minas en base a los siguientes
I.
Primero.

Hechos

Solicitud de autorización administrativa previa.

Proyecto Fotovoltaico Santiponce, SL, solicita, con fecha 7 de diciembre de 2020,
autorización administrativa previa del parque solar fotovoltaico «IFV Mezquita»,
de 105 MWp, en el término municipal de Colomera, en la provincia de Granada, y de su
infraestructura de evacuación, consistente en líneas subterráneas a 30 kV hasta la
subestación transformadora 30/220 kV SET Fargue Promotores e infraestructura de
evacuación hasta la subestación eléctrica Fargue 220 kV, perteneciente a Red Eléctrica
de España, SAU, compartida con el parque solar fotovoltaico «Mirabal_0» (Subestación
eléctrica SET 30/220 kV Fargue Promotores y línea aérea de alta tensión LAAT 220 kV
hasta la SE Fargue 220 kV) (en adelante también, el proyecto).
Segundo.

Admisión a trámite.

Esta Dirección General acreditó que la solicitud de autorización administrativa previa
del proyecto de planta solar fotovoltaica «IFV Mezquita», en la provincia de Granada, así
como su infraestructura de evacuación, había sido presentada y admitida a trámite.

Esta Dirección General da traslado del expediente al Área de Industria y Energía de
la Subdelegación del Gobierno en Granada, como órgano competente para la tramitación
del expediente de solicitud de autorización conforme a lo dispuesto en el artículo 113 del
Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.
Conforme a lo dispuesto en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, y en la
Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, la solicitud de autorización
administrativa previa, acompañada del proyecto y estudio de impacto ambiental se
somete a información pública, con la debida publicación en el «Boletín Oficial del
Estado» y boletín oficial de las provincias afectadas, habiéndose solicitado igualmente
los correspondientes informes a las distintas administraciones, organismos y empresas
de servicio público o de servicios de interés general en la parte que la instalación pueda
afectar a bienes y derechos a su cargo, así como a los organismos que deben presentar
informe conforme a la Ley 21/2013, de 9 de diciembre.

cve: BOE-A-2024-8960
Verificable en https://www.boe.es

Tercero. Tramitación de la solicitud conforme al Real Decreto 1955/2000, de 1 de
diciembre.