III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CULTURA. Convenios. (BOE-A-2024-8895)
Resolución de 22 de abril de 2024, de la Dirección General de Patrimonio Cultural y Bellas Artes, por la que se publica el Convenio con Global Digital Heritage, para la digitalización y cesión de archivos 3D de bienes culturales del Museo de América.
6 páginas totales
Página
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 107

Jueves 2 de mayo de 2024
Segunda.

Sec. III. Pág. 50319

Objeto.

El presente convenio tiene como objeto definir y regular los mecanismos y
condiciones en las que se realizará la digitalización en 3D del patrimonio cultural del
Museo de América, así como las características de los modelos digitales resultantes y las
condiciones de uso, explotación y cesión de los mismos. La consecución de dicho
objetivo supone la actuación coordinada y conjunta de mutuo acuerdo entre las
instituciones firmantes.
Tercera. Obligaciones de las partes.
3.1

El Ministerio de Cultura a través del Museo de América, se compromete a:

a) Proporcionar a la entidad «Global Digital Heritage» un listado de al menos 100
bienes culturales del Museo de América para su digitalización.
b) Facilitar las condiciones necesarias para el acceso a los bienes culturales
seleccionados y para el desarrollo de los trabajos de digitalización.
c) Nombrar a un coordinador en representación del Museo de América que
supervise las tareas derivadas del presente convenio.
3.2

La entidad «Global Digital Heritage» se compromete a:

a) Aportar los medios personales y materiales necesarios para la ejecución del
objeto del presente convenio sin que suponga gasto o coste adicional para el Ministerio
de Cultura.
b) Nombrar a un coordinador en representación de «Global Digital Heritage» que
supervise las tareas derivadas del presente convenio.
c) Realizar las reproducciones digitales 3D a través de tratamiento fotográfico no
invasivo de la selección proporcionada por el Museo de América de al menos 100 bienes
culturales, desarrollando aplicativos que permitan la lectura y visualización de los distintos
artefactos. El número y/o la selección inicial de bienes culturales podrían verse modificados
por cuestiones relacionadas con la complejidad técnica de llevar a cabo la reproducción,
que puedan surgir durante el proyecto. En este proceso seguirá las pautas de la FADGI
(Federal Agencies Digital Guidelines Initiative) para objetos con valor estético significativo
«htpp://www.digitizationguidelines.gov/guidelines/ccdo-subcat-3D2.html».
d) Incluir en cualquiera de los usos de los modelos digitales obtenidos a partir de
los bienes culturales del Museo de América una línea de crédito con la referencia
institucional, de la siguiente manera:

e) En el caso de que un bien objeto de digitalización esté sujeto a derechos de
autor será responsabilidad de «Global Digital Heritage» la gestión para la autorización
que corresponda, así como el pago del coste que pueda ocasionar. El Museo de América
recibirá una copia de dicha autorización y en ningún caso se hará responsable de la
gestión ni de los costes.
f) Proporcionar al Museo de América una copia digital y gratuita de los modelos 3D,
así como cualquier otro tipo de producto derivado de la digitalización de los bienes
culturales del Museo. El Ministerio de Cultura quedará como propietario de dichas copias.
g) Ceder al Ministerio de Cultura los derechos de explotación de los archivos digitales
y productos resultantes en cualquiera de sus modalidades, contemplados en la normativa
vigente sobre propiedad intelectual. La cesión será con carácter no exclusivo, por tiempo
indefinido y para cualquier ámbito territorial, incluyendo posibles cesiones a terceros.
h) Entregar al Museo de América un informe final de los trabajos realizados.

cve: BOE-A-2024-8895
Verificable en https://www.boe.es

N.º de inventario (recogido en el listado proporcionado por el Museo de América).
Museo de América, Madrid.