II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Personal de administración y servicios. (BOE-A-2024-8814)
Resolución de 23 de abril de 2024, de la Universidad Nacional de Educación a Distancia, por la que se convocan pruebas selectivas para la provisión, por el sistema general de acceso libre, de plazas de personal laboral, Grupo III, Nivel B.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 1 de mayo de 2024

Sec. II.B. Pág. 50082

Segundo paso: Una vez que tiene asignado usuario y clave deberá salir del Campus
UNED y, cumplimentar y presentar su solicitud en el apartado general de la UNED (http://
www.uned.es, Menú, La UNED, Trabaja en la UNED, Inscripción de pruebas selectivas),
siguiendo el proceso guiado online.
La presentación por esta vía permite, siguiendo el proceso guiado online lo siguiente:
– Inscripción en línea a las pruebas selectivas.
– Anexar documentos a su solicitud. Estos documentos se guardarán en el sistema
únicamente si se finaliza el proceso y se registra la solicitud.
– El pago online de tasas.
– El registro electrónico de la solicitud.
– Finalizado el proceso, obtener justificante en formato pdf de la solicitud.
La presentación de la solicitud se iniciará pulsando sobre el botón de «Solicitar»
correspondiente a la convocatoria «OEP22/23 Grupo III. Nivel B. Corrección (LMIA0006
y LMIA0037)» y se compondrá de siete fases: Datos personales, Datos contacto, Datos
solicitud, Documentación, Pago, Resumen y Final. Se mostrará una pantalla de progreso
dónde se dará confirmación de cada uno de estos pasos, dándose por completado el
trámite una vez que se muestre el justificante de registro de la inscripción. De otra
manera el proceso no se considerará completado.
En los casos en los que las solicitudes cumplimentadas por vía electrónica tengan
que ir acompañadas de documentación adicional, ésta deberá adjuntarse escaneada en
los lugares previstos en las bases de esta convocatoria.
En cualquier caso, podrá acordarse por el órgano convocante la cumplimentación
sustitutoria en papel cuando una incidencia técnica debidamente acreditada haya
imposibilitado el funcionamiento ordinario de los sistemas.
3.2 Las solicitudes se presentarán en el plazo de veinte días hábiles, contados a
partir del siguiente a la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de esta
convocatoria.
3.3 Los derechos de examen serán de 20 euros y el pago se realizará dentro del
proceso de inscripición online, tal y como se indica en la base 3.4 en la fase
correspondiente al Pago.
El abono de los derechos de examen o, en su caso, la justificación de la concurrencia
de alguna de las causas de exención total o parcial del mismo deberá hacerse dentro del
plazo de presentación de solicitudes. En caso contrario se procederá a la exclusión del
aspirante.
Una vez presentada la solicitud, la falta del abono de los derechos de examen o no
reunir los requisitos para la exención de pago determinará la exclusión definitiva del
aspirante.
En ningún caso, el abono de la tasa de los derechos de examen o la justificación de
la concurrencia de alguna de las causas de exención total o parcial del mismo, supondrá
la sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud de
participación en el proceso selectivo.
Estarán exentos del pago de los derechos de examen:
a) Las personas con discapacidad igual o superior al 33 por 100, debiendo
acompañar a la solicitud justificante que acredite tal condición.
No será necesario presentar este justificante cuando el interesado dé su conformidad
en la solicitud para que el órgano gestor pueda verificar esta condición mediante el
acceso a la Plataforma de Intermediación de Datos de las Administraciones Publicas,
excepto en el supuesto de que el reconocimiento de la discapacidad se haya otorgado
en las Ciudades Autónomas de Ceuta y Melilla en cuyo caso deberán presentar la
documentación obligatoriamente.
b) Las personas que figurasen como demandantes de empleo durante, al menos
dos meses de forma ininterrumpida antes a la fecha de la publicación de la presente
convocatoria, siempre y cuando carezcan de rentas superiores en cómputo mensual, al

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Núm. 106