II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. COMUNITAT VALENCIANA. Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia. (BOE-A-2024-8791)
Resolución de 18 de abril de 2024, de la Dirección General de Justicia, de la Conselleria de Justicia e Interior, por la que se convoca la provisión de puesto de trabajo por el sistema de libre designación, en la Oficina Fiscal en la Comunitat Valenciana.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 106

Miércoles 1 de mayo de 2024

Sec. II.B. Pág. 50032

Tercera. Solicitudes.
3.1 El personal funcionario que desee participar en la presente convocatoria deberá
presentar la solicitud disponible en la sede electrónica GVA https://sede.gva.es/ y en la
página web de la Conselleria de Justicia e Interior, de conformidad con lo establecido en
el artículo 14.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de procedimiento administrativo
común de las administraciones públicas.
3.2 Las solicitudes se presentarán en el plazo de cinco días hábiles siguientes al de
la publicación simultánea de la convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado» y el
«Diario Oficial de la Generalitat Valenciana». Si dicha simultaneidad no fuese posible,
dicho plazo se contará a partir de la publicación en el «Diario Oficial de la Generalitat
Valenciana».
3.3 La consignación de datos falsos en la solicitud o en la documentación aportada
por los aspirantes supondrá la pérdida de plaza además de las medidas legales que
corresponda aplicar.
Cuarta.

Documentación.

4.1 Junto con la solicitud, los participantes deberán anexar currículum vitae en el
que deberán constar:
a) Títulos académicos.
b) Puestos de trabajo desempeñados, tanto en la administración como fuera de ella.
c) Estudios y cursos realizados, publicación de trabajos científicos, presentación de
ponencias, conocimientos de idiomas y aquellos documentos acreditativos de los méritos
que, a su juicio, acrediten su idoneidad para el puesto, así como un índice de los
mismos.
4.2 Dicha documentación será escaneada por los funcionarios y funcionarias
participantes en un único fichero (todas las páginas en un solo fichero, no un fichero por
página o documento) y que titularán con sus apellidos, nombre y NIF, todo ello en letras
mayúsculas. Si dicha documentación ya obrara en el expediente del funcionario sólo
será necesario citarlos en la solicitud, sin aportar los documentos correspondientes.
Resolución y adjudicación del destino.

5.1 Previamente al nombramiento, se requerirá informe del/de la responsable del
que dependa el puesto de trabajo.
5.2 La resolución de la presente convocatoria se llevará a cabo mediante resolución
motivada de la Dirección General de Justicia, en los términos del artículo 60.2 del Real
Decreto 1451/2005, de 7 de diciembre, efectuándose el nombramiento en el plazo máximo
de dos meses a contar desde el día siguiente al de finalización del plazo de presentación de
solicitudes, pudiendo prorrogarse, excepcionalmente, hasta un mes más.
5.3 El régimen de posesión del nuevo destino será el establecido en el artículo 52
del Real Decreto 1451/2005, de 7 de diciembre.
5.4 El personal nombrado podrá ser cesado con carácter discrecional mediante
resolución motivada en los términos previstos en el artículo 62.1 del Real
Decreto 1451/2005. También podrá renunciar a dicho puesto mediante solicitud razonada
siempre que hayan desempeñado el citado puesto al menos durante un año.
5.5 El personal funcionario que cese o renuncie al puesto de libre designación será
adscrito provisionalmente, en tanto no obtenga un puesto con carácter definitivo, dentro
del mismo municipio y con efectos del día siguiente al de la resolución del cese o
aceptación de la renuncia.

cve: BOE-A-2024-8791
Verificable en https://www.boe.es

Quinta.