II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Funcionarios de la Administración del Estado. (BOE-A-2024-8758)
Orden TES/387/2024, de 25 de abril, por la que se convoca la provisión de puesto de trabajo por el sistema de libre designación.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 106

Miércoles 1 de mayo de 2024

Sec. II.B. Pág. 49888

II. AUTORIDADES Y PERSONAL
B. Oposiciones y concursos

MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL
8758

Orden TES/387/2024, de 25 de abril, por la que se convoca la provisión de
puesto de trabajo por el sistema de libre designación.

Conforme a lo dispuesto en el art. 20.1.b) de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de
Medidas para la Reforma de la Función Pública,
Este Ministerio acuerda anunciar la provisión por el procedimiento de libre
designación del puesto de trabajo que se relaciona en el anexo I de la presente Orden,
con arreglo a las siguientes bases:
Primera.
El puesto de trabajo que se convoca por la presente Orden podrá ser solicitado por el
personal funcionario que reúna los requisitos establecidos para el desempeño del
mismo.
Segunda.
Las personas interesadas dirigirán sus solicitudes, según el modelo que figura como
anexo II, al Sr. Subsecretario de Trabajo y Economía Social, dentro del plazo de quince
días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación de esta convocatoria en
el «Boletín Oficial del Estado».
Las solicitudes se presentarán a través del portal Funciona, Mis servicios de RR.HH.
(SIGP) –Convocatoria libre designación– Solicitud de convocatoria de libre designación,
https://www.funciona.es/public/funciona/AreaPersonal/autoservicio.html, siendo imprescindible
la acreditación por medio de certificado electrónico.
En el caso de que la persona interesada no pueda presentar la solicitud por este
medio, podrá hacerlo, con carácter excepcional, a través del Registro Electrónico Común
al código «EA0041848 Subdirección General de Recursos Humanos e Inspección
General de Servicios», debiendo en este caso, además, aportar la documentación que
acredite la imposibilidad técnica de realizar la presentación a través del Portal Funciona.
Tercera.

Cuarta.
Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer
recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados Centrales de lo Contenciosoadministrativo, de conformidad con lo establecido en la Ley 29/1998, de 13 de julio,
reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, en el plazo de dos meses
contados a partir del día siguiente a la publicación de la presente Orden en el «Boletín
Oficial del Estado». Todo ello sin perjuicio de la interposición del recurso potestativo de

cve: BOE-A-2024-8758
Verificable en https://www.boe.es

Además de los datos personales y número de Registro de Personal, las personas
interesadas acompañarán junto con la solicitud su curriculum vitae, en el que consten
títulos académicos, años de servicio, puestos de trabajo desempeñados en la
Administración, estudios y cursos realizados, conocimiento de idiomas, y otros méritos
que se estime oportuno poner de manifiesto, y harán constar detalladamente las
características del puesto que vinieran desempeñando.