II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE CULTURA. Cuerpo Facultativo de Conservadores de Museos. (BOE-A-2024-8623)
Resolución de 25 de abril de 2024, de la Subsecretaría, por la que se publica la relación de aspirantes que han superado las fases de oposición y concurso-oposición del proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre y promoción interna, en el Cuerpo Facultativo de Conservadores de Museos, convocado por Resolución de 22 de marzo de 2023.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 105

Martes 30 de abril de 2024

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obtenida. A estos efectos, no se considerará causa de fuerza mayor la coincidencia en el
tiempo del desarrollo de cursos selectivos o períodos de prácticas correspondientes a
diferentes convocatorias.
Cuarto.
Los funcionarios en prácticas percibirán sus retribuciones con arreglo a lo dispuesto en
el artículo 2.1 del Real Decreto 456/1986, de 10 de febrero, por el que se fijan las
retribuciones de los funcionarios en prácticas. Aquellos aspirantes que ya estén prestando
servicios remunerados en la Administración, como funcionarios de carrera, funcionarios
interinos o como personal laboral, deberán formular opción para percibir la remuneración
como funcionarios en prácticas por el Ministerio de Cultura, o formular ante su Ministerio u
organismo público la percepción de la remuneración correspondiente al puesto que estén
desempeñando hasta el momento de su nombramiento como funcionarios en prácticas.
Formularán opción presentando el anexo II firmado a través del Registro Electrónico
Común de la Administración General del Estado (punto de acceso general) ante la
Subdirección General de Recursos Humanos e Inspección de los Servicios del Ministerio
de Cultura (Código Mi órgano EA0019835).
Quinto.
La petición de destinos se realizará, una vez finalizado el curso selectivo, La petición
de destinos se realizará de acuerdo con las instrucciones contenidas en la resolución de
la Subsecretaría que oferte vacantes a las personas aspirantes seleccionadas. Se
informa que dichos aspirantes deberán estar en posesión de certificado electrónico para
poder realizar la solicitud de destinos.
Toda la información relacionada con los diferentes aspectos del desarrollo del
procedimiento de nombramiento como personal funcionario de carrera se publicará en la
página web del Ministerio de Cultura (https://www.cultura.gob.es/servicios-al-ciudadano/
catalogo/empleo-publico.html).
Sexto.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse,
con carácter potestativo, recurso de reposición ante la autoridad que la dictó, en el plazo
de un mes desde su publicación, de conformidad con lo establecido en los artículos 123
y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, o recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo
Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de dos
meses desde su publicación, de conformidad con lo establecido en los artículos 10.1.i)
y 14.2 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contenciosoadministrativa, significándose que en caso de interponer recurso de reposición no se podrá
interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquél sea resuelto expresamente
o se haya producido la desestimación presunta del mismo.

cve: BOE-A-2024-8623
Verificable en https://www.boe.es

Madrid, 25 de abril de 2024.–La Subsecretaria de Cultura, Carmen Páez Soria.