II. Autoridades y personal. - A. Nombramientos, situaciones e incidencias. MINISTERIO DE DERECHOS SOCIALES, CONSUMO Y AGENDA 2030. Destinos. (BOE-A-2024-8619)
Resolución de 23 de abril de 2024, de la Secretaría de Estado de Derechos Sociales, por la que se resuelve la convocatoria de libre designación, efectuada por Resolución de 23 de febrero de 2024.
Página 1 Pág. 1
2 >> Página 2 >>
2 páginas totales
Página
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 105

Martes 30 de abril de 2024

Sec. II.A. Pág. 49283

II. AUTORIDADES Y PERSONAL
A. Nombramientos, situaciones e incidencias

MINISTERIO DE DERECHOS SOCIALES, CONSUMO
Y AGENDA 2030
8619

Resolución de 23 de abril de 2024, de la Secretaría de Estado de Derechos
Sociales, por la que se resuelve la convocatoria de libre designación,
efectuada por Resolución de 23 de febrero de 2024.

Por Resolución de 23 de febrero de 2024 (BOE del 15 de marzo), se anunció
convocatoria pública para cubrir, por el sistema de libre designación, varios puestos de
trabajo en este Departamento.
De acuerdo con lo establecido en el artículo 20.1.c) de la Ley 30/1984, de 2 de
agosto, de medidas para la reforma de la Función Pública, y previo cumplimiento de la
tramitación que exige el capítulo III, del título III, del Real Decreto 364/1995 de 10 de
marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio
de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y
Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles del Estado, comprobado el
cumplimiento por parte de los candidatos elegidos de los requisitos y especificaciones
exigidos en la convocatoria, esta Secretaría de Estado ha dispuesto resolver la referida
convocatoria, de acuerdo con el informe de la unidad proponente, según se detalla en el
anexo.
El régimen de toma de posesión del nuevo destino será el establecido en el
artículo 48 del Real Decreto 364/1995 de 10 de marzo.
Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse,
potestativamente, recurso de reposición en el plazo de un mes, ante el órgano que dicta
el acto, conforme a lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o
bien, directamente recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante los
Juzgados Centrales de lo Contencioso-Administrativo, de acuerdo con lo previsto en el
artículo 9.1 a) de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-administrativa.

cve: BOE-A-2024-8619
Verificable en https://www.boe.es

Madrid, 23 de abril de 2024.–La Secretaria de Estado de Derechos Sociales, P. D.
(Orden DSA/249/2024, de 15 de marzo), la Subdirectora General de Recursos Humano y
de Inspección de Servicios, Estefanía Blanco Díaz.