III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN. Comunidad Autónoma de Aragón. Convenio. (BOE-A-2024-8687)
Resolución de 19 de abril de 2024, de la Dirección General de Desarrollo Rural, Innovación y Formación Agroalimentaria, por la que se publica el Convenio con la Comunidad Autónoma de Aragón y la Sociedad Anónima Estatal de Caución Agraria, S.M.E, por el que se establece el acuerdo de financiación del instrumento financiero de gestión centralizada de garantía de cartera FEADER 2023-2027.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 105

Martes 30 de abril de 2024

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una financiación suficiente del mercado. Respecto al capital circulante, el artículo 80.3
del Reglamento PEPAC incide al señalar que el capital circulante independiente puede
constituir un gasto subvencionable.
El artículo 80.1 del Reglamento PEPAC dispone que la ayuda en forma de
instrumentos financieros podrá concederse con arreglo a los tipos de intervenciones
contemplados en los artículos 73 a 78 del citado reglamento.
En la versión vigente del Plan Estratégico de la PAC, las intervenciones en las que
las autoridades regionales han planteado la utilización de instrumentos financieros y en
las que el IFGC-G podría intervenir son las siguientes:
‒ 6841.1. Ayudas a inversiones productivas en explotaciones agrarias vinculadas a
contribuir a la mitigación-adaptación al cambio climático, uso eficiente de los recursos
naturales y bienestar animal (Artículo 73 Reglamento PEPAC).
‒ 6841.2. Ayudas a inversiones en modernización y/o mejora de explotaciones
agrarias (Artículo 73 Reglamento PEPAC).
‒ 6842.1. Ayudas a inversiones con objetivos ambientales en transformación,
comercialización y/ o desarrollo de productos agroalimentarios (Artículo 73 Reglamento
PEPAC).
‒ 6842.2. Ayudas a inversiones en transformación, comercialización y/ o desarrollo
de productos agroalimentarios (Artículo 73 Reglamento PEPAC).
‒ 6843.1. Ayudas a inversiones en infraestructuras de regadíos con objetivos
ambientales (Artículo 74 Reglamento PEPAC).
‒ 6843.2. Ayudas a inversiones en infraestructuras agrarias para fomento de la
competitividad (Artículo 74 Reglamento PEPAC).
‒ 6883. Inversiones forestales productivas (Artículo 73 Reglamento PEPAC).
‒ 6961.1. Establecimiento de personas jóvenes agricultores (Artículo 75 Reglamento
PEPAC).
‒ 6961.2. Establecimiento de nuevos agricultores (Artículo 75 Reglamento PEPAC).
‒ 7119. LEADER (Artículo 77 Reglamento PEPAC).
Aunque la reglamentación lo permite, no se ha considerado articular apoyos a través
de instrumentos financieros para las intervenciones correspondientes a instrumentos de
gestión de riesgos (Artículo 76 Reglamento PEPAC) ni al intercambio de conocimientos y
difusión de información (Artículo 78 Reglamento PEPAC).
Además del IFGC-G, la evaluación ex ante ha señalado la conveniencia de crear otro
instrumento financiero de reafianzamiento. Este instrumento se destinaría
fundamentalmente a las intervenciones 6843.1 y 6843.2, así como a proyectos de
elevada cuantía del resto de intervenciones, fundamentalmente en las 6842.1 y 6842.2.
2. Selección de intermediarios financieros
Sociedad Anónima Estatal de Caución Agraria (SAECA).

El apartado artículo 30.2 del Real Decreto 1046/2022, de 27 de diciembre, por el que se
regula la gobernanza del Plan Estratégico de la Política Agrícola Común en España y de los
fondos europeos agrícolas FEAGA y FEADER, dispone que la Autoridad de gestión del Plan
Estratégico será la encargada de la selección del organismo que ejecute el IFGC.
Con fecha de 16 de febrero de 2023, la Autoridad de gestión del PEPAC emitió una
resolución seleccionando a la Sociedad Anónima Estatal de Caución Agraria (SAECA)
como organismo de ejecución del IFGC-G.
La Sociedad Anónima Estatal de Caución Agraria (SAECA) es sociedad mercantil estatal
cuyos accionistas son la Sociedad Estatal de Participaciones Industriales (SEPI), con el 80 %
del capital y el Fondo Español de Garantía Agraria (FEGA) con el 20 % del capital restante, y
cuya tutela funcional corresponde al MAPA. La actividad de SAECA es la prestación de
avales y fianzas para facilitar el acceso a la financiación al conjunto del sector agrario.

cve: BOE-A-2024-8687
Verificable en https://www.boe.es

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