III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN. Comunidad Autónoma de Aragón. Convenio. (BOE-A-2024-8687)
Resolución de 19 de abril de 2024, de la Dirección General de Desarrollo Rural, Innovación y Formación Agroalimentaria, por la que se publica el Convenio con la Comunidad Autónoma de Aragón y la Sociedad Anónima Estatal de Caución Agraria, S.M.E, por el que se establece el acuerdo de financiación del instrumento financiero de gestión centralizada de garantía de cartera FEADER 2023-2027.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 105

Martes 30 de abril de 2024
4.

Sec. III. Pág. 49445

Destinatarios finales potenciales

La evaluación ex ante realizada ha revelado que cada uno de los dos posibles
instrumentos (de garantía de cartera y de reafianzamiento) estaría destinado a
explotaciones o empresas que se encuentren en una situación crediticia específica:
– El IFGC-G estaría dirigido fundamentalmente a destinatarios con, al menos, una
calidad crediticia «vulnerable a condiciones adversas» (rating BB o Ba 2) o incluso del
tramo superior de «probablemente mermada por condiciones adversas» (Rating BB- o
Ba3), que puedan acceder por si mismos a un préstamo de mercado pero cuya principal
dificultad sea el no disponer de las garantías que se les exigen.
Asimismo se prevé también el acceso a destinatarios que se encuentren cerca del
límite del CCC+ en aquellos casos en los que esta calificación esté motivada por un
historial crediticio insuficiente o por la ausencia de este, excluyéndose aquellos que
ostenten dicha calificación por incumplimientos previos. Un ejemplo de esta situación se
puede encontrar en jóvenes sin historial crediticio o proyectos empresariales sin
referencias (cultivos novedosos).
– El IFGC de reafianzamiento surge como alternativa para aquellos proyectos
constan de inversiones a muy largo plazo y de elevados importes que no han encontrado
encaje en el IFGC del periodo 2014-2022 por la resistencia de las entidades financieras
a incluirlos dentro de la estructura de garantía de cartera con límite máximo. La
calificación de los destinatarios de este tipo de proyectos se encontraría en un intervalo
que iría del B al BB+, situándose en las posiciones más vulnerables (B o B2) en los
casos que ello estuviese motivado por la propia naturaleza de la operación.
En la siguiente tabla se indica de forma esquemática los tramos de rating que
aplicarían a los destinatarios finales potenciales para cada uno de los dos instrumentos
financieros planteados, si bien hay que incidir en que esta clasificación tiene carácter
orientativo y no puede determinar la exclusión per se de proyectos en los que la
calificación de sus titulares no se ajunte a la misma.
S&P y Fitch

Moody’s

Capacidad de
pago adecuada

BBB – (o
superior)

Baa 3 (o
superior)

Capacidad de
pago vulnerable a
condiciones
adversas

BB +
BB

Ba 1
Ba 2

BB –
B+

Ba 3
B1

Capacidad de
pago
probablemente
mermada por
condiciones
adversas
Capacidad de
pago dependiente
de condiciones
favorables
sostenidas

Objeto del instrumento
Oferta privada
Instrumento de
Garantía
Instrumento de
Reafianzamiento

B
B–

B2
B3

CCC+ (o
inferior)

Caa 1 (o
inferior)

Instrumento de Garantía
(Únicamente cuando la calificación
se deba a la falta de historial
crediticio)
No Instrumento Financiero

cve: BOE-A-2024-8687
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Descripción
del rating